STSJ Andalucía 412/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteDOMINGO BRAVO GUTIERREZ
ECLIES:TSJAND:2007:5220
Número de Recurso3305/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución412/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 3305/06, interpuesto por DIRECCION000 C.B. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Jaén en fecha 7 de julio de 2.006 en Autos núm. 276/06, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. DOMINGO BRAVO GUTIERREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Juan María en reclamación sobre DESPIDOS contra DIRECCION000 C.B. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 7 de julio de 2.006 , por la que se estimaba la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Que D Juan María , mayor de edad, con DNI número NUM000 , vino prestando servicios para la empresa demandada dedicada a la actividad de construcción y con la categoría profesional de Oficial de la, desde el 22 de agosto de 2005, por sucesivos contratos.

    El primer contrato lo es de 22 de agosto de 2005 y con esa antigüedad en la empresa, para obra oservicio determinado consistente en obra residencia S. Juan de Dios en Andujar, siendo dado de baja el 4 de diciembre de 2005, a continuación suscribe nuevo contrato de fecha 12 de diciembre de 2005, para obra o servicio determinado consistente en 1 a Fase Tabiquería Interior Obra Residencia; siendo dado de baja el 28 de febrero de 2006; a continuación suscriben nuevo contrato el 8 de marzo de 2006 para obra o servicio determinado consistente en Tabiquería en obra en Andujar. Todos los contratos lo fueron a tiempo completo, con categoría de Oficial de 1 a y recibiría una retribución según convenio.

    El salario del actor a efectos de despido es de 47' 19 euros diarios.

  2. - Que la empresa remite al actor escrito fechado el 6 de abril de 2006 en el que literalmente se expone: "Por medio del presente le comunico que el próximo 20/04/06 finaliza el contrato de trabajo que tiene usted concertado con esta empresa de fecha 8/03/06 por lo que a partir de dicha fecha se considera extinguida su relación laboral con la misma a todos los efectos. Del mismo modo le informo de que en las oficinas de esta empresa tiene Vd. a su disposición la liquidación que le corresponda a la fecha de la indicada. Lo que se le comunica dando cumplimiento a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores".

    El actor ha estado realizando diversos trabajos en la empresa demandada.

  3. - Que el actor no ha ostentado durante el último año la condición de representante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 12 de Febrero de 2013
    • España
    • February 12, 2013
    ...del motivo de suplicación planteado, para lo que dice seleccionar de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), de 14 de febrero de 2007 (Rec. 3305/2006 ); y 2) El segundo, por el que entiende que no puede declararse la improcedencia del despido cuando ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR