STSJ Cataluña 46/2009, 9 de Enero de 2009

PonenteJACOBO QUINTANS GARCIA
ECLIES:TSJCAT:2009:353
Número de Recurso590/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución46/2009
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

mm

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

En Barcelona a 9 de enero de 2009

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 46/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por María Consuelo frente al Auto 6 de mayo de 2008 del Juzgado Social 1 Girona de fecha dictado en ejecución de sentencia en el procedimiento nº 590/2006 y siendo recurridos Clinica Salus Infirmorum y Fondo de Garantia Salarial Girona, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JACOBO QUINTANS GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fase de ejecución de sentencia y en fecha 17 de marzo de 2008 se dictó auto por el citado Juzgado de lo Social, por el que se acordaba el pago de los salarios de tramitación hasta la fecha de declaración de la trabajadora en situación de IPT al no haber devenido imposible la readmisión de la misma en el momento en que la empresa debió ejercitar la opción.

SEGUNDO

Contra dicho auto interpuso recurso de reposición al que se dió el trámite oportuno y que se resolvió mediante auto de fecha 6 de mayo de 2008 por el que se denegaba el recurso de reposición.

TERCERO

Contra dicha resolución anunció recurso de suplicación la parte demandante Sra. María Consuelo, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la resolución (auto) de instancia, que desestimaba la solicitud del trabajador en reclamación de la indemnización por despido, se interpone por el actor recurso de suplicación, el cual tiene por objeto examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia contenidas en la misma.

SEGUNDO

En el único motivo del recurso la parte denuncia la vulneración del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, así como los artículos 1.132 y 1.134 del Código Civil.

En el presente caso la entidad demandada que había recurrido la sentencia de instancia por la que se declaraba el despido improcedente, ejercitó la opción solo para el caso de que la sentencia de la Sala confirmase la de instancia. Así lo entendió el Juez y dispuso en auto, firme, por el que se tenía a la demandada porno ejercitado el derecho de opción en plazo, y, por consiguiente, se entendía que operaba la tácita de la readmisión (tal y como se le había apercibido en la notificación de la sentencia.

Así las cosas, y mientras se tramitaba el recurso de...

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