STSJ Murcia 689/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteMANUEL ABADIA VICENTE
ECLIES:TSJMU:2007:685
Número de Recurso609/2007
Número de Resolución689/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra la sentencia número 0012/2007 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 15 de enero, dictada en proceso número 0652/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Emilia frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ABADÍA VICENTE, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La parte actora Dña. Emilia , con .N.I. n° NUM000 , nacida el día 10 de mayo de 1947, se encuentra afiliada en el Régimen General de la Seguridad Social, por consecuencia de servicios prestados como limpiadora. SEGUNDO.-Iniciado expediente administrativo por el INSS en solicitud de Invalidez Permanente, le fue denegado por resolución de fecha 30 de mayo de 2006 por "no encontrarse afecto de invalidez permanente en ninguno de los grados" e interpuesta Reclamación Previa le fue asimismo denegada por resolución del INSS de 1 deagosto de 2006. TERCERO.- La base reguladora asciende a 447'35 €. CUARTO.- Padece la parte actora: "Vértigo benigno; obesidad; insuficiencia venosa; lumbalgia, gonartrosis izquierda femoro-patelar; neuroma de Morton; Hipertensión arterial; asma; media ara umbilical"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando la demanda formulada por Dña. Emilia frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra en situación de invalidez permanente, en grado de total, para su profesión habitual, con origen en enfermedad común, cualificada, con derecho a percibir una pensión vitalicia y mensual del 75% de su salario base regulador de 447'35 €, más los incrementos legales correspondientes, y con efectos desde e día 29 de mayo de 2006".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la entidad gestora demandada INSS, con impugnación de la Letrada doña María José Orenes Miralles, en representación de la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora, doña Emilia , nacida el 10 de mayo...

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