STSJ Murcia 292/2007, 26 de Marzo de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:377
Número de Recurso217/2007
Número de Resolución292/2007
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Aurelio , contra la sentencia número 0404/2006 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 6 de noviembre, dictada en proceso número 0557/2006, sobre accidente de trabajo, y entablado por don Aurelio frente a Industrias Metálicas Pividal SL; Mutua Fremap; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor don Aurelio , nacido el 4 de septiembre de 1971, con DNI no NUM000 , sufrió el 27 de enero del 2005 un accidente de trabajo mientras prestaba sus servicios como montador de carpintería metálica por cuenta de la empresa demandada "Pividal, S.L.", que tiene concertada la cobertura de los riesgos profesionales de sus trabajadores con la mutua codemandada "FREMAP", a consecuencia del cual causó baja médica en la misma fecha e inició proceso de incapacidad temporal. SEGUNDO.- Tramitado expediente de invalidezpermanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido el 27 de marzo de 2006, resolvió el 4 de abril del mismo año declarar al demandante en situación protegida de incapacidad permanente parcial para su profesión habitual. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló el actor reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 1 de agosto de 2006. CUARTO.- Presenta el demandante el siguiente cuadro clínico derivado del accidente laboral ocurrido el 27 de enero de 2005: politraumatismo y polifracturas en la extremidad distal del radio izquierdo, sacro, ilíaco izquierdo, rama iliopubiana izquierda, luxación del codo izquierdo y traumatismo en la rodilla izquierda; limitación funcional de la muñeca izquierda superior al 50 por 100 y del codo izquierdo inferior al 50 por 100. Refiere ligera inestabilidad en la rodilla izquierda al bajar escaleras. QUINTO.- La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente total por la contingencia de accidente de trabajo asciende a 16.068'81 euros anuales"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Aurelio contra "FREMAP", "Industrias metálicas Pividal, S.L.", el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Antonio Joaquín Dólera López, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña María José Orenes Miralles, en representación de la parte demandada Mutua Fremap.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Se recurre la sentencia...

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