STSJ Murcia 178/2007, 26 de Febrero de 2007
Ponente | JOSE ABELLAN MURCIA |
ECLI | ES:TSJMU:2007:106 |
Número de Recurso | 97/2007 |
Número de Resolución | 178/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por don Juan María , contra la sentencia número 0477/2006 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 25 de octubre, dictada en proceso número 0558/2006, sobre contrato de trabajo, y entablado por don Juan María frente a Ministerio de Defensa.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante viene prestando servicios para el organismo demandado en la Academia General del Aire de San Javier, con categoría profesional de técnico de actividades técnicas de mantenimiento y oficios. SEGUNDO. En la relación de puestos de trabajo, aprobada por resolución de 25 de mayo de 2005, no se ha asignado al puesto del actor el complemento singular de puesto de trabajo. TERCERO. Las características del puesto de trabajo del actor son las que figuran en el informe elaborado por el organismo demandado, que obra en autos y cuyo contenido se da por reproducido. CUARTO. El complemento singular de puesto de trabajo ensu modalidad AR asciende a la cantidad anual de 883'56 €. QUINTO. El demandante interpuso reclamación administrativa previa el 27-02-2006, que fue desestimada por silencio administrativo"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por don Juan María , absuelvo al Ministerio de Defensa de las pretensiones deducidas en su contra".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Inmaculada Hernández Morales, en representación de la parte demandante, con impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia dictada en la instancia desestimó la demanda planteada por la parte actora frente al Ministerio de Defensa, en la que pretendía el reconocimiento del derecho al percibo mensual del complemento singular del puesto en su modalidad AR (prestación de servicios que conlleve especial cualificación, complejidad técnica o responsabilidad), y que asciende a la cantidad de 883'56 €, con condena de la Administración demandada a que le satisfaga las cantidades dejadas de percibir por dicho concepto desde el 1 de enero de 2003, y que asciende a la cantidad de 3.092'46 €.
Disconforme con dicha sentencia instrumenta la parte actora el presente recurso de suplicación para que a través de dos motivos de recurso dedicados, respectivamente, el primero de ellos a la reposición de las actuaciones, previa declaración de nulidad, al momento de dictarse sentencia; y el segundo, al examen del Derecho aplicado en la misma, para que con previa revocación se dicte otra en su lugar que sea acorde con sus pretensiones.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Se instrumenta un motivo de recurso, con amparo en el artículo 191.a) de la Ley de Procedimiento Laboral , con el objeto de que se proceda a la reposición de los autos al momento de dictarse sentencia en base al artículo 24 de la Constitución Española sobre la Tutela Judicial Efectiva .
Se aduce que: "En los Fundamentos de Derecho Segundo de sentencia -que se dan por reproducidos- se cita el Acuerdo sobre racionalización de los complementos de puestos de trabajo publicado en el BOE de 29 de diciembre de 2003 y que en el mismo se establece que la...
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