STSJ Murcia 96/2007, 5 de Febrero de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:160
Número de Recurso6/2007
Número de Resolución96/2007
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Silvio , contra la sentencia número 373/06 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 23 de octubre de 2006, dictada en proceso número 566/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Silvio frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE ABELLAN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El demandante D. Silvio

, nacido el 4-12-1969, fue alta en la Seguridad Social en el Régimen General, con número de afiliación NUM000 , por tareas de curtidor. SEGUNDO: El actor, en fecha 21-10-2005, solicitó pensión de incapacidad permanente. TERCERO: En fecha 21- 02-2006 se emitió informe médico de síntesis; el Equipo de Valoración de fecha 23-02-2006 elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente en ninguno de sus grados. CUARTO: La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 24-02-2006 acordó denegar la prestación solicitada por no alcanzar las dolencias que padece el actor, el grado suficiente de menoscabo para ser constitutivas de incapacidad permanente. QUINTO: El demandante presenta lasdolencias siguientes: dermatitis de causa no específica en julio de 2002; cervicobraquialgia derecha en el año 2003; hernia discal C6-C7; EMG en diciembre de 2003: S.T.C. derecho leve en febrero de 2004, radiculopatía C7 derecha leve crónica en diciembre de 2005 : S.T.C. derecho leve sensitivo más radiculopatía C5-C6 derecha crónica; RMN en diciembre de 2005 : profusiones discales C4-C5, C5-C6 y a la derecha C6-C7; no déficit neurológico; lumbalgia en octubre de 2005 sin irradiación ni déficit; RMN: protusión discal L4-L5. SEXTO: La base reguladora aplicable asciende a 1.228,46 €. SEPTIMO: Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 24-05-2006."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por D. Silvio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y absuelvo al mismo de la pretensión en su contra deducida.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANTONIO CUADROS CASTAÑO, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Se recurre la sentencia de instancia por la parte demandante, con el propósito de que se proceda a su revocación y se dicte una nueva que sea favorable a sus pretensiones.

La sentencia recurrida, desestimó la pretensión de la parte demandante, Silvio , y en cuya instancia fue solicitada por el trabajador, mediante demanda, una incapacidad permanente total y, subsidiariamente, parcial.

Con base en el apartado a) del art. 191 de la L.P.L ., se pretende la nulidad de lo actuado a partir de la celebración del juicio oral, para que se emplace a la Mutua Asepeyo y a la empresa en que prestaba sus servicios el actor. Debiendo requerirse a ésta para que aporte el informe de evaluación de riesgos laborales; y a la Mutua para que envíe los reconocimientos realizados al actor, tanto semestral como anualmente. Debiendo entenderse ampliada la demanda frente a aquélla y, además, frente a la Tesorería...

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