SAP Madrid 49/2006, 6 de Junio de 2006

PonenteRAFAEL MOZO MUELAS
ECLIES:APM:2006:7523
Número de Recurso409/2005
Número de Resolución49/2006
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

RAFAEL MOZO MUELAS

ROLLO RJ Nº 409/05

JDO DE INSTRUCCIÓN Nº 13 DE MADRID

J. FALTAS Nº 2392/03

SENTENCIA Nº 49/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

ILTMO. SR. DE LA SECCION 23ª

D. RAFAEL MOZO MUELAS

En Madrid, a 6 de junio de 2006

El Iltmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial, D. RAFAEL MOZO MUELAS, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia la presente apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid, con fecha 14 de enero de 2005, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el núm.409/05, habiendo sido partes: el apelante María Esther ; y el apelado Parque Jardín, S.A., Lázaro y Fiatc Mutua de Seguros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "el día 2 de diciembre de 2003, cuando María Esther se encontraba en la sala de espectáculos "Florida Park", resultó lesionada en el pie izdo al caer sobre éste el escenario móvil.

Las lesiones sufridas pro la Sra. María Esther consistieron en fractura abierta del tercer, cuarto y quinto dedo del pie izdo, del que tras la primera asistencia y tratamiento farmacológico, ortopédico y quirúrgico, tardó 111 días en curar, durante los cuales permaneció impedida para sus ocupaciones habituales, y 15 de ellos precisó estancia hospitalaria, habiendo alcanzado la sanidad con secuelas consistentes en amputación falange distal del tercer dedo, amputación a nivel del tercio proximal de la primera falange del cuarto dedo, síndrome de estrés postraumático con predominio de síntomas ansiosos y estado de ánimo depresivo (en tratamiento con lexatín) ".

Y el fallo es del tenor literal siguiente:" Que debo condenar y condeno a Lázaro, como autor responsable de una falta de lesiones (art. 621.3º del C.P.), a la pena de un mes de multa con cuota diaria de 6 euros, con arresto sustitutorio en caso de impago de un día por cada dos cuotas impagadas, al pago de las costas judiciales y a que indemnice a María Esther, en las siguientes cantidades:

- 5.243,46 euros por las lesiones sufridas.

- 2.253,12 euros por las secuelas.

Se declara responsabilidad civil directa de seguros Fiact y de la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Madrid y de Parque Jardín, S.A.

Que debo absolver y absuelvo libremente a Jose Carlos, de la falta de lesiones que se le imputaba".

SEGUNDO

Recibidos los autos en esta Sección 23ª se formó el presente rollo con el número 409/5 quedando las actuaciones vistas para dictar sentencia.

SE ACEPTAN íntegramente los que se declaran como tales en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La denunciante, María Esther, impugna el capítulo indemnizatorio de la sentencia de instancia por entender que no se debió aplicar el baremo introducido por la Ley 34/03 aplicable a las indemnizaciones ocasionadas en accidente de circulación, interesando que se le indemnice en 6.660 euros por el período de hospitalización e impedimento y 30.000 euros por la secuela.

Subsidiariamente interesa que si se aplica el mencionado baremo la amputación a nivel del tercio proximal de la primera falange del cuarto...

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