STSJ Galicia , 14 de Octubre de 2005

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:3232
Número de Recurso4150/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación nº 4150-05 interpuesto por DON Felipe contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santiago siendo Ponente la

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 143/05 se presentó demanda por DON Felipe en reclamación de DESPIDO siendo demandada la empresa "JAIME Y RAMÓN OTERO CARITÓN, S.L." en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha treinta de mayo de dos mil cinco por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- Que el actor prestaba sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada Jaime y Ramón Otero Caritón, S.L., dedicada a la actividad de distribución de venta de recambios y complementos de automóvil y con domicilio en Santiago de Compostela, Polígono Industrial del Tambre, Vía Édison nº 30, con antigüedad desde el veintitrés de febrero de mil novecientos ochenta y uno, con categoría profesional de dependiente y percibiendo un salario mensual de mil ciento cincuenta y un euros (1.151 euros), con inclusión de la parte proporcional de pagas extras. SEGUNDO.- Que el actor permaneció en situación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes, en el período comprendido entre el diez y el veinte de enero de dos mil cinco. La causa de la baja fue una afección hemorroidal. TERCERO.- Que en fecha doce de enero de dos mil cinco y sobre las veinte horas y veintidós minutos, el actor conducía el vehículo de su propiedad Renault Laguna, matrícula N-....-NX de color verde y estacionó en las inmediaciones del Taller Diesel Inyección Milladoiro, S.L., introduciéndose en el interior delmismo; sobre las veintiuna horas y diez minutos el actor salió del citado local y se introdujo en un vehículo situado en las inmediaciones, que condujo hasta la entrada del taller y descendió del mismo, introduciéndose en el local; sobre las veintiuna horas y veintitrés minutos entregó diversos papeles a una persona que está dentro del taller y procedió al cierre de la puerta metálica del mismo con ayuda de una barra de metal, dirigiéndose posteriormente hasta el vehículo de su propiedad y ausentándose del local, conduciendo hasta su domicilio, al que llegó a las veintiuna horas y cuarenta minutos. CUARTO.- Que en fecha trece de enero de dos mil cinco y sobre las diez horas y treinta y cinco minutos, el actor salió del garaje del edificio en el que se encuentra su domicilio, conduciendo el vehículo de su propiedad, Renault Laguna, matrícula N-....-NX de color verde, dirigiéndose dirección Santiago de Compostela, estacionándolo en las inmediaciones de la tienda de la demandada, situada en la entrada de la estación de RENFE en esta ciudad, dirigiéndose andando al ambulatorio Concepción Arenal, donde se introdujo, permaneciendo en el interior hasta las once horas y nueve minutos, momento en el que salió del mismo y se dirigió a la tienda antes citada, conversando con los empleados y de pie, hasta las doce horas y dieciséis minutos, momento en el que salió de la citada tienda y se introdujo en el vehículo, que condujo hacia el parking de RENFE, donde dejó aparcado el vehículo, hasta las doce horas y cuarenta minutos, en que condujo su vehículo nuevamente hasta la tienda, permaneciendo en su interior hasta las trece horas y treinta minutos, momento en el que salió, subió en su vehículo, condujo hasta la c/ San Pedro Mezonzo, en la que recogió a una menor y se dirigió hacia la Rocha Vella, donde se detuvo en una edificación unifamiliar a las trece horas y cuarenta y dos minutos. Posteriormente se desplazó hasta su domicilio, saliendo del mismo a las quince horas y cinco minutos, dirigiéndose a la vivienda unifamiliar antes mencionada, donde recogió a la menor y al condujo hasta las inmediaciones del Colegio Cluny, situado en la c/ San Pedro Mezonzo de esta Ciudad; desde allí condujo su vehículo en dirección a la c/ Pexigo de Abaixo, donde aparcó su vehículo y se dirigió a un portal y seguidamente volvió a conducir su vehículo, hacia el Palacio de Congresos, en San Lázaro y desde allí hasta su domicilio, en el Milladoiro, donde llegó a las quince horas y cuarenta y cinco minutos. Sobre las veinte horas del mismo día, el actor salió nuevamente del garaje de su domicilio, conduciendo el vehículo de su propiedad. QUINTO.- Que en fecha catorce de enero de dos mil cinco y sobre las once horas y veintinueve minutos, el actor salió del garaje de su domicilio conduciendo el vehículo de su propiedad hasta el establecimiento DIA, situado en la Avda. Rosalía de Castro, aparcando en sus inmediaciones e introduciéndose en el mismo, unos minutos después volvió a su vehículo y lo condujo hasta el taller Diesel Inyección Milladoiro, aparcando el vehículo e introduciéndose en el interior del taller; sobre las once horas y cincuenta y cinco minutos salió del citado taller y se introdujo en el vehículo furgoneta Citroen C 15, matrícula C-1898-CW, con el rótulo Inyección Europea Diesel S.L. y lo condujo por la Avda. Rosalía de Castro, estacionado frente al taller Automóviles J.M. Fernández S.L., talleres KIA, regresando al taller diesel Inyección Milladoiro sobre las doce horas y cinco minutos, permaneciendo en el interior del mismo hasta las rece horas y nueve minutos, momento en el que extrajo un vehículo del mismo, aparcándolo y retornando al interior del taller; sobre las trece horas y treinta y un minutos, abandonó el taller, introduciéndose en el vehículo de su propiedad, con el que se dirigió a la c/ San Pedro Mezonzo de esta Ciudad de Santiago de Compostela, recogiendo a una menor y dirigiéndose la localidad de Milladoiro. SEXTO.- Que en fecha diecisiete de enero de dos mil cinco y sobre las diecisiete horas, el vehículo propiedad del actor se encontraba estacionado en las inmediaciones del taller Diesel Inyección Milladoiro, estando el actor en el interior del mismo y saliendo a las dieciocho horas y treinta minutos, subiendo al vehículo furgoneta Citroen C15, matrícula C-1898-CW, con el rótulo Inyección Europea Diesel S.L., conduciéndolo en dirección a Pontevedra, volviendo al taller a las veinte horas y tres minutos, descendiendo del antes citado vehículo y dirigiéndose rápidamente hacia su vehículo, conduciéndolo hacia la Avda. Rosalía de Castro, permaneciendo aparcado unos minutos frente el nº 29, con las luces apagadas y dirigiéndose conduciendo el mismo, sobre las veinte horas y nueve minutos, introduciéndose en un vehículo Peugeot marrón, en el puesto del copiloto, y ausentándose del lugar, regresando a las veintiuna horas y cuarenta y cuatro minutos, descendiendo del vehículo e introduciéndose en el taller; posteriormente y sobre las veintiuna horas y cuarenta y cuatro minutos accedió a un vehículo Renault Megane y realizó con el mismo diversas maniobras, hasta introducirlo en la parte más alejada de la entrada del taller y seguidamente cerró la puerta metálica del taller desde el interior, con ayuda de una barra metálica; sobre las veintiuna horas y cuarenta y ocho minutos salió del taller y se dirigió conduciendo el vehículo de su propiedad hacia la Avda. Rosalía de Castro, descendiendo frente al nº 29 e introduciéndose en el portal. SÉPTIMO.- Que en fecha dieciocho de enero de dos mil cinco y sobre las trece horas y treinta minutos, el actor salió del garaje de su domicilio y se dirigió, conduciendo el vehículo de su propiedad, hacia la c/ San Pedro Mezonzo de Santiago, recogiendo a una menor y conduciéndola a una vivienda unifamiliar situada en Rocha Vella, a donde llegó sobre las trece horas y cuarenta y tres minutos. OCTAVO.- Que en fecha veinte de enero de dos mil cinco y sobre las once horas y cinco minutos, el actor salió del garaje del edificio en el que se encuentra su domicilio, conduciendo el vehículo de su propiedad, Renault Laguna, matrícula N-....-NX de color verde, dirigiéndose dirección Santiago de Compostela, estacionándolo en las inmediaciones de la tienda de la demandada, situada en la entrada de la estación de RENFE de esta ciudad, dirigiéndose andando al ambulatorio Concepción Arenal, donde se introdujo, permaneciendo en el interior hasta las once horas y veintitrés minutos, momento en elque salió del mismo y se dirigió a la tienda antes citada, conversando con los empleados y de pie, hasta las doce horas y diez minutos, momento en el que salió de la citada tienda y se introdujo en su vehículo, que condujo hacia su domicilio, introduciéndolo en el garaje. NOVENO.- Que en fecha dieciocho de febrero de dos mil...

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