SAP Valencia 195/2007, 30 de Marzo de 2007

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2007:176
Número de Recurso12/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución195/2007
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 195

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as

Dª. PILAR CERDAN VILLALBA

Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ

En la Ciudad de Valencia, a treinta de marzo de dos mil siete.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000592/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO

16 DE VALENCIA entre partes; de una como demandado - apelante/s INMOBILIARIA GUADALMEDINA, S.A. dirigido por el/la letrado/a D/Dª. FERNANDA DE URQUIJO VALDIVIESO y representado por el/la Procurador/a D/Dª CARLOS GIL CRUZ, y de otra como demandantes, - apelado/s Isidro y Marina dirigidos por el/la letrado/a D/Dª. DIEGO OLTRA CANET y representados por el/la Procurador/a D/Dª CARLOS AZNAR GOMEZ .

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 16 DE VALENCIA , con fecha 17 de noviembre de 2.006 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Isidro y Dª. Marina , contra Inmobiliaria Guadalmedina S.A., debo declarar y declaro haber lugar a la misma, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la citada entidad demandada, a que, firme que sea la presente Sentencia, abone a la parte actora, o a quien legítimamente le represente, la total cantidad de dos mil quinientos diez euros y ochenta y un céntimos de euro, (2.510'81 euros), con más los intereses legales procedentes a tenor de lo a tal efecto dispuesto en el Fundamento Jurídico Cuarto de la presenteresolución. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada condenada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 28 de marzo de 2.007 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de D. Isidro y Dª. Marina , formuló demanda de juicio verbal contra la mercantil Inmobiliaria Guadalmedina S.A. reclamando la devolución de 2.510,81 Euros, que estima le han cobrado indebidamente por gastos de formalización de hipoteca, incluyendo los gastos de notaría, registro, impuesto de actos jurídicos documentados, relativos al préstamo hipotecario que la demandada obtuvo para la financiación del edificio y no de la vivienda de los demandantes. Estos gastos, conforme al Real Decreto 515/1989, de 21 de abril , corresponde su pago a los vendedores.

La parte demandada se opuso a dicha pretensión alegando que la cláusula fue expresamente negociada con el comprador, adaptándola a las condiciones de pago elegidas por cada adquirente de la vivienda. Y que la subrogación en el préstamo hipotecario de la vendedora suponía unas condiciones más ventajosas para los demandantes.

La sentencia de instancia estima la demanda en todas sus partes, resolución contra la que se alza la parte demandada, alegando diversos motivos de revocación que analizaremos de forma detallada. La parte apelada ha pedido la confirmación de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Al igual que en el RAC...

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