STSJ Galicia 4420/2013, 30 de Septiembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4420/2013
Fecha30 Septiembre 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax:881881133 /981184853

NIG: 15036 44 4 2009 0001078 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001950 /2011 PM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000474 /2009 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de FERROL

Recurrente/s: NAVANTIA S.A., IZAR CONSTRUCIONES NAVALES EN LIQUIDACION S. A

Abogado/a: FRANCISCO JAVIER GARCIA RUIZ, JORGE MANUEL VAZQUEZ MIRANDA

Recurrido/s: David, Milagros

Abogado/a: DON JESUS PORTA DOVALO

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

ILMA. SRA. D. JORGE HAY ALBA

En A CORUÑA, a treinta de Septiembre de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1950/2011, formalizado por NAVANTIA S.A., IZAR CONSTRUCIONES NAVALES EN LIQUIDACION S. A, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de FERROL en el procedimiento DEMANDA 474/2009, seguidos a instancia de David, Milagros frente a NAVANTIA S.A., IZAR CONSTRUCIONES NAVALES EN LIQUIDACION S. A, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ISABEL OLMOS PARÉS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª David, Milagros presentó demanda contra NAVANTIA S.A., IZAR CONSTRUCIONES NAVALES EN LIQUIDACION S. A, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha doce de Noviembre de dos mil diez .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

D. Hugo, nacido el NUM000 /1921, ingresó al servicio de la empresa entonces E.N.Bazan de C.N.M. S.A., (posteriormente Izar Construcciones Navales S.A.), el 02/06/1931, y mientras permaneció en activo tuvo como profesión la de Instalador Electricista, causando baja el 31/12/1983 por pasar a la situación de jubilación anticipada. En la prestación de los referidos servicios estuvo expuesto a la inhalación de polvo de amianto, al menos en el periodo de 1945 a 1956, cuando realizaba tareas a bordo de buques y trabajaba de noche, sin que llegara a manipularlo y sin disponer de mascarillas.

SEGUNDO

La empresa E.N. BAZÁN C.N.M., S.A. tuvo diferentes reglamentaciones sobre seguridad e higiene en el trabajo. Existió en la Empresa un Reglamento de Régimen interior para el funcionamiento del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo así como medidas preventivas sobre los accidentes de trabajo anterior a 1950. El Reglamento de Trabajo para la entonces E.N.Bazán de 1950 contenía en su capítulo X normativa de seguridad e higiene en el trabajo que se desarrolló en el Reglamento de Régimen Interior de la empresa de 1954. Otros reglamentos de seguridad e higiene/salud laboral. Tubo también normas internas correspondientes a criterios a seguir por el servicio de seguridad para la evaluación de contaminantes en ambientes industriales (S-17) de 1976, para prevenir los riegos de exposición al amianto (S-23) también de los años setenta del siglo pasado, instrucciones de higiene industrial sobre trabajos en los que se manipula amianto (HI-1) de 1982, instrucción de seguridad para trabajos con amianto (TF-7) también de 1982, instrucciones de higiene industrial para trabajos en los que se manipule amianto (TFH-1) de 1985, e instrucción NPB-HI-1 sobre normas de prevención para trabajos con riesgo de exposición al amianto, de 1985 revisada posteriormente en 1999. También contó con normativa interna sobre instrucciones para la utilización de dispositivos de extracción localizada e instrucción sobre prevención de accidentes en trabajos de soldadura oxiacetilénica y oxicorte (S30) de 1977, norma sobre vestuario para soldadores y sopleteros (S33) de 1978 y diversas instrucciones de higiene industrial de 1985 para trabajos de calentamiento de piezas y chapas con soplete, soldadura en espacios confinados, y de prevención en oxicorte y soldadura de 1985 también revisada en 1999. En los años 1981 y 1982 la empresa realizó informes de Higiene Industrial relativos al análisis de contaminación de los puestos de trabajo de soldadura de piezas en caliente. Contó también con relación de fecha indeterminada de prendas de protección. También en el centro de trabajo de Ferrol se dieron cursos de formación desde 1980 para diversas profesiones que contenían un módulo de prevención de riesgos específicos de cada profesión. En el periodo de enero de 1975 a julio 1985 no se levantaron en el centro de trabajo Actas de Infracción en materia de amianto. TERCERO.- D. Hugo pasó reconocimientos médicos ordinarios generales por los servicios médicos de la empresa que incluían radiografía de torax, en fechas 03/01/1972, 22/09/1976, y 13/09/1983 con resultados normales. Fue valorado por los servicios de neumología de la sanidad pública en fecha 26/11/2001 por resultado de RX de afectación pleural sugestivo de asbestosis, asintomático desde el punto de vista respiratorio; en fecha 02/05/2002 le fue realizado TAC de torax emitiéndose informe radiológico en el que se refiere enfisema paraseptal de predominio apical y la existencia de placas pleurales bilaterales, muchas de ellas calcificadas, con visualización a nivel de ambos lóbulos inferiores y en localización posterior, subpleural, de la existencia de zonas de engrosamiento septal con alguna banda subpleural, con expresión de que podría estar en relación con afectación pulmonar incipiente relacionada con asbestos; en fecha 02/05/2002 en informe corto de asistencia del referido servicio de neumología se emite indicación diagnóstica de asbestosis pleuro-pulmonar; posteriormente en su historia clínica de neumología se mantiene el diagnóstico de 02/07/2003 de afectación pleuro- pulmonar por amianto, que se refiere estable clínicamente en fecha 30/05/2007, y con agudización respiratoria en fecha 15/02/2008 que mejoró con inhaladores; causó ingreso hospitalario el 16/07/2008 por incremento de disnea hasta hacerse en reposo con mala evolución falleciendo el día 18/07/2008; el informe de patología autópsica recoge: como diagnósticos macro-microscópicos de autopsia: enfermedad pleuropulmonar compatible con exposición crónica a fibras de asbesto (asbestosis), recuento de cuerpos ferruginosos aumentado, neumonía lóbulos inferiores, hiperplasia nodular cortigal suprarrenal bilateral, adenocarcinoma de próstata de alto grado (estadio IV), arterioesclerosis generalizada de grandes vasos, con afectación de aorta y vasos coronarios, arteroesclerosis ulcero-calcificada de aorta, miocardioesclerosis, nefroangioesclerosis; en el apartado de epicrisis que: los hallazgos macro-microscópicos de autópsia más significativos y en último extremo causantes del fallecimiento del paciente están relacionados con su enfermedad pleuropulmonar, en relación a exposición a fibras de asbesto, cuadro que afecta tanto a la pleura como al parenquitoma pulmonar, con intenso edema, congestión vascular, fibrosis intersticial y cuadro neumónico concomitante, la neoplastia protática se identifica como de alto grado, con metástasis en hígado y con lesiones de aspecto residual en vértebras, existe intensa arterioesclerosis de grandes vasos, que afecta a la aorta infrarenal y a vasos coronarios, con disminución de luz y calcificación en las paredes de las mismas, también secundario a dicho proceso se observan cambios de nefroangioesclerosis, con afectación de vasos arteriales renales, con expresión también de que el estudio autópsico confirma los diagnósticos clínicos, destacando la intensa afectación pleuropulmonar, secundaria a exposición crónica por fibras de asbesto, refiriendo que se puede considerar como causa del exitus del paciente, otros hallazgos relevantes han sido la intensa arterioesclerosis de grandes vasos, así como la miocardioesclerosis y nefroangioesclerosis por la misma causa, la neoplasia postrática, muestra una diseminación metásica, vertebral y hepática, confirma el estadío clínico de la tumoración; y como expresión de causa de muerte refiere: insuficiencia respiratoria. En informe médico del servicio de neumología de 12/10/2008 se recogen: entre los antecedentes personales del fallecido los de: exfumador de 60 paq/año, neo próstata diagnosticado en 1999 con metástasis óseas, última espirometría 23/11/2007 FVC 69%, FEV1 73%, FEV1/FVC 76%, prueba broncodilatadora negativa, DLCO 54%, TLC 66%, VR 60%, patrón ventilatorio mixto de predominio restrictivo moderado con disminución de la difusión y los volúmenes; y como indicación diagnóstica: asbestosis, insuficiencia respiratoria secundaria, carcinoma de próstata estadio IV, metástasis óseas. CUARTO. - En informe pericial aportado por la empresa IZAR ratificado en juicio el Dr. Severino en relación a D. Hugo se emiten las siguientes conclusiones: «1ª.- El Sr. Hugo falleció con 86 años (18/07/2008), con patología arteriosclerótica grave y propia de la edad, y por progresión y metástasis de un cáncer de próstata diagnosticado en el año 1999 y tratado sin intención curativa. 2ª.- Presentaba una patología pulmonar y pleural crónicas, compatibles con los antecedentes de tuberculosis antigua y de hábito tabáquico. 3ª.-Fue trabajador en astilleros pero no hemos dispuesto de ninguna documentación ni datos objetivos, acorde con los protocolos actuales, que demuestre que cualquiera de las patologías que padeció pueden ser atribuibles al amianto. 4ª.- Podemos concluir que no encotramos ninguna relación entre la causa de su muerte y el riesgo de exposición al amianto». QUINTO.- Dª Milagros y D. David son hijos de D....

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