STSJ Comunidad Valenciana 273/2013, 5 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución273/2013
Fecha05 Febrero 2013

1 R.C.sent.nº 2980/12

RECURSO SUPLICACION - 002980/2012

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. MANUEL JOSÉ PONS GIL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. GEMA PALOMAR CHALVER

En Valencia, a cinco de febrero de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 273 DE 2.013

En el RECURSO SUPLICACION - 002980/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 julio 2012, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 12 DE VALENCIA, en los autos 000267/2012, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Onesimo, representado por el letrado Juan Serrano, contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL y CAFE BOLSERIA, representado por el letrado Pedro A. Lavena, y en los que es recurrente Onesimo, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO:Que desestimando como desestimo la excepción de incompetencia de jurisdicción opuesta por la empresa demandada Café Bolsería, S. L frente a la demanda de despido de D. Onesimo y desestimando como desestimo la demanda de despido de D. Onesimo contra la empresa Café Bolsería, S. L., por falta de acción e inexistencia de despido, debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de las peticiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO. El actor D. Onesimo, con pasaporte nº NUM000, afirma que trabaja para la empresa demandada Café Bolsería, S. L., desde el día 1 de julio de 2006, como relaciones públicas y salario mensual promedio de 1.800,00 euros con inclusión de prorrata de pagas extras, de los que seiscientos euros son fijos y el resto la comisión del 15 % de la recaudación del sábado y domingo. El actora afirma que trabajaba fijo de jueves a domingo y el fin de semana montaba un espectáculo de capoeira y bailes brasileños. La demandada niega la relación laboral. SEGUNDO. La empresa demandada se dedica a la actividad de hostelería, siéndole de aplicación el convenio colectivo sectorial de hostelería de la provincia de Valencia. TERCERO. El actor organiza un espectáculo de capoeira, samba y bailes brasileños denominado "baianinho", que realizaba en los locales de la empresa demandada, para lo cual dispone de sus propios colaboradores a los que paga y dirige. Para la organización del evento en fin de semana, de jueves a domingo realizaban tareas de difusión, reparto de octavillas, anuncios en página web, etc., con sus propios medios y por los alrededores del centro de trabajo. La empresa demandada, no le tenía dado de alta en S. Social ni le pagaba en nómina, entregándole a cuenta con cierta regularidad unos cincuenta euros diarios de sábado a domingo en efectivo directamente o por medio de otros empleados. (Testifical y documental del actor y de la demandada). CUARTO. El día 22 de enero de 2012 el actor y el gerente de la empresa discutieron, por no estar el demandante conforme con el pago que recibía y, al no llegar a un acuerdo, el actor manifestó que se iba y esa misma noche procedió a montar el mismo espectáculo en un bar próximo, denominado Congo Fox, en el que continúa, dando las órdenes oportunas a sus colaboradores. Posteriormente tuvieron otra reunión para intentar llegar a un acuerdo, sin que se lograra el mismo. (Testifical de la demandada).QUINTO. El actor no es representante unitario ni sindical de los trabajadores, ni lo ha sido en el último año. SEXTO. Con fecha 09 de febrero de 2012 se presentó papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación - SMAC-, celebrándose el acto conciliatorio el día 24 de febrero de 2012, terminando con el resultado de intentado sin efecto. El día 27 de febrero de 2012 se presentó la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR