STSJ Castilla y León , 12 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Septiembre 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01599/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2011 0001454

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000999 /2012-C

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000716 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de PALENCIA

Recurrente/s: Victor Manuel

Abogado/a: INES MUÑOZ DIEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CONSEJERIA DE SANIDAD-GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Rec. Núm 999/12

Ilmos. Sres.

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente Sección

Dª Mª Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid a doce de Septiembre de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm 999. de 2.012, interpuesto por D. Victor Manuel contra sentencia del Juzgado de lo Social DOS DE PALENCIA (Autos 716/11) de fecha 15 de marzo de 2012 dictada en virtud de demanda promovida por D. Victor Manuel contra CONSEJERIA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL DE SALUD JCYL, sobre DERECHO Y CANTIDAD, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Carmen Escuadra Bueno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de diciembre de 2011 se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia dos demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

" PRIMERO.- Mediante Acuerdo 65/2011, de 27 de mayo de la Junta de Castilla y León, se formalizó el traspaso del Hospital San Telmo de la Diputación Provincial de Palencia a la Comunidad de Castilla y León. En la relación de personal traspasado figuraba D. Victor Manuel, como personal fijo y categoría de Celador.

SEGUNDO

Mediante Sentencia firme se declaró su derecho a la plena y efectiva integración de sus condiciones laborales con el resto de personal laboral de la Administración de Castilla y León, de igual categoría y percibiendo las retribuciones correspondientes.

TERCERO

En la actualidad, el demandante viene percibiendo las retribuciones establecidas para la categoría de Celador en el Convenio Colectivo para el personal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos de dependientes de ésta.

CUARTO

El salario que hubiera percibido el actor de aplicarse el Convenio de la Diputación de Palencia ascendería en el año 2011 a la cuantía de 20.915,24 euros.

QUINTO

Las retribuciones que se le abonan aplicando el Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la categoría de Celador ascendieron en el año 2011 a la cantidad de 19.946,76 euros.

SEXTO

Con fecha 20-10-2011, se interpuso reclamación previa. Mediante resolución de 7-12-2011 se resolvió:

"Desestimar la reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral interpuesta por D. Victor Manuel con fecha 20 de octubre de 2011, sobre reconocimiento de derecho y cantidad en concepto de complemento personal transitorio""

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por el demandante, fue impugnado por el demandado. Elevados los autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En sentencia dictada por el Juzgado de lo Social N.º 2 de PALENCIA se desestima la demanda planteada por DON Victor Manuel sobre CANTIDAD (Complemento Personal Transitorio) frente a la CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN-GERENCIA REGIONAL DE SALUD. Frente a dicha resolución se alza la referida demandante, solicitando que se revoque la misma...

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