STSJ Galicia 1507/2012, 9 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Marzo 2012
Número de resolución1507/2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 5281/2009

CRS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS

D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

Presidente

D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

D. RICARDO PEDRO RON LATAS.

A CORUÑA, nueve de marzo de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NO MBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0005281 /2009 interpuesto por Benjamín contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de PONTEVEDRA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Benjamín en reclamación de ALTA MEDICA siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, MUTUA FREMAP, ASEPEYO, MUTUA DE A.T. Y E.P. DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 151. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000161 /2009 sentencia con fecha por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Don Benjamín, con D.N.I. NUM000, está afiliado a la Seguridad Social, trabajando como cantero para la empresa TECNICAS DE COLOCACIÓN S.C. desde el 16 de julio de 2008 hasta el 19 de septiembre de 2008, teniendo la empresa cubiertas las contingencias profesionales con la MUTUA FREMAP. El actor aparece de alta como intermediario del comercio desde el 1 de septiembre de 2007, estando cubiertas las contingencias con la MUTUA ASEPEYO. SEGUNDO.- Inicio en fecha 16 de septiembre de 2008, tras acudir a Urgencias ese mismo día, situación de incapacidad temporal por gonalgia bilateral en relación con condropatia rotuliana que fue seguida por le MUTUA FREMAP, siendo examinado el actor en fecha 11 de noviembre de 2008 y proponiendo la Mutua el alta por resultar normal la exploración en ambas rodillas, siendo el demandante dado de alta por mejoría que le permite realizar su trabajo habitual en fecha 12 de noviembre de 2008. Interpuso el demandante reclamación previa que fue desestimada por resolución de 15 de enero de 2009. TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Desestimando la demanda interpuesta por DON Benjamín frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA FREMAP, MUTUA ASEPEYO y el SERGAS, absuelvo a los demandados de las pretensiones ejercitadas en su contra.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en impugnación del alta médica, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del relato histórico, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 128.a) LGSS .

SEGUNDO

Ninguna de las revisiones fácticas se puede acoger:

(a) La primera, porque resulta irrelevante la existencia de un tratamiento rehabilitador, pues el dato decisivo en un alta médica es la recuperación de la capacidad de trabajar y lo que se quiere añadir no (valgan por todas, SSTS 12/12/06 -rco 21/06 -; 13/02/07 - rco 168/05 -; 11/10/07 -rco 22/07 -; 15/10/07 -rco 26/07 -; 20/07/07 -rco 76/06 -; 24/06/08 -rco 128/07 -; 30/06/08 -rco 138/07 -; y 08/07/08 -rco 126/07 -; y SSTSJ Galicia 07/02/12 R. 3899/08, 03/02/12 R. 4636/11, 27/01/12 R. 3323/08, 16/12/11 R. 4111/11, etc.); en el relato de...

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