STSJ Comunidad de Madrid 74/2011, 28 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución74/2011
Fecha28 Enero 2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00074/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 437/2009

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Recurrente: Don Gabriel

Demandado: Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil

Abogado del Estado

SENTENCIA nº 74

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 28 de enero de 2011, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Don Gabriel, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, contra la resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil de fecha 26 de marzo de 2009 que acordó su cese en el puesto de trabajo de Jefe de Sección Operativa en la Comisaría de

Distrito de Usera- Villaverde.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte, que expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso este Recurso contencioso-administrativo formalizándose demanda por la recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia estimatoria del recurso con base a los hechos y fundamentos de derecho contenidos en la demanda.

SEGUNDO

El demandado contestó a la demanda exponiendo lo que estimó oportuno, solicitando la desestimación del recurso.

TERCERO

Despachado por las partes trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 26 de enero de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Gabriel, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil de fecha 26 de marzo de 2009 que acordó su cese en el puesto de trabajo de Jefe de Sección Operativa en la Comisaría de Distrito de Usera- Villaverde, puesto para el que fue nombrado de forma provisional el 13 de agosto de 2008 y que era de provisión por el sistema de libre designación.

El recurrente en fundamento del recurso alega que fue cesado sin motivación ni explicación previa, no entendiendo a qué causa ó causas pudiera obedecer tal injusticia, que nunca se le comentó que su labor no era adecuada, que durante el tiempo en que desempeñó el puesto lo hizo a total satisfacción de la Superioridad, por lo que su cese obedece a una arbitrariedad manifiesta, solicitando en el suplico de la demanda que se anule el acto impugnado por contrario al ordenamiento jurídico y se le reconozca el derecho a desempeñar el puesto de trabajo de Jefe de Sección Operativa en la Comisaría de Distrito de Usera- Villaverde, así como el abono de las retribuciones dejadas de percibir más los intereses que pudieran corresponderle .

SEGUNDO

Para una adecuada resolución de la controversia que se somete a la consideración de la Sección se hace preciso partir de la base de que el hoy recurrente fue designado para desempeñar el puesto de trabajo, del que fue cesado definitivamente por la resolución hoy cuestionada, de forma provisional y para un puesto cuyo sistema de provisión era el de libre designación y por tanto por este sistema, de conformidad con lo...

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