STSJ Galicia 3816/2008, 21 de Octubre de 2008

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2008:4669
Número de Recurso1595/2008
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3816/2008
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

1595/08 CG

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, veintiuno de octubre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0001595 /2008 interpuesto por Gabino contra la sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Gabino en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000802 /2007 sentencia con fecha veintinueve de Enero de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante Don Gabino, nacido el 18.03.1960, se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000, siendo en la actualidad pensionista del Régimen Agrario. SEGUNDO.- Tras dictamen propuesta del Equipo de Valoración: de Incapacidades de fecha 03.10.2003, fue declarado en situación de Incapacidad Permanente total para la profesión habitual por resolución de fecha

03.10.2003.TERCERO.- El demandante dedujo solicitud de revisión por agravación que fue desestimada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en resolución de fecha 03.09.2007, tras dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de 03.09.2007.CUARTO.- Disconforme con la anterior resolución, el demandante formuló reclamación administrativa previa, en la que solicitaba se le reconociera la situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, reclamación que fue desestimada por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 17.10.2007.QUINTO.- La demandante padecía inicialmente: Deformidad poliomielítica en cinturón pélvico, secuelas de FX fémur derecho tratado mediante clavo endomedular, subluxación crónica cadera izquierda posterosuperior con protusión acetabular, báscula pélvica izquierda, cambios degenerativos en sacroiliacas, gonartrosis femoropatelar severa derecha.

SEXTO

Actualmente padece las siguientes dolencias y secuelas: - Poliomielitis en la infancia. Deformidad en cinturón pélvico. - Atrofia muscular miembro inferior derecho, con dismetría de 1,5 cm. Fractura fémur derecho tratada quirúrgicamente. - Protusión acetabular izquierda. - Subluxación crónica cadera izquierda. - Báscula pélvica. - Cambios degenerativos en articulaciones sacroiliacas. - Artrosis femoro patelar derecha severa y secuelas de fractura rótula derecha. - Escoliosis lumbar severa, Espondilaortrosis lumbar y estenosis foraminal L5 izquierdo. SÉPTIMO.- La base reguladora mensual asciende a 493,94 #.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por DON Gabino, absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones de contrario formuladas en aquélla.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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