AAP Murcia 825/2009, 17 de Noviembre de 2009

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2009:637A
Número de Recurso643/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución825/2009
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

AUTO: 00825/2009

Rollo Apelación Civil núm. 643/09.

Iltmos. Sres. DON CARLOS MORENO MILLÁN

Presidente

DON JUAN MARTINEZ PEREZ

DON JUAN ANTONIO JOVER COY

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a diecisiete de noviembre de dos mil nueve.

H E C H O S
PRIMERO

Que el Procurador de los Tribunales D. Álvaro Conesa Fontes en nombre y representación de D. Vidal, en fecha 21 de Mayo de 2009 presentó escrito de preparación de recurso de apelación contra el auto de fecha 13 de Mayo de 2009 dictado en los autos de procedimiento de Ejecución de Título Judicial nº 386/09, del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Murcia (Familia), en cuya parte dispositiva se acuerda: "Estimar parcialmente la oposición formulada por el Procurador Sr. Conesa Fontes, en nombre y representación de D. Vidal acordando seguir la ejecución por la cantidad de 627'95 euros en concepto de gastos atrasos de pensión de alimentos y mitad del pago del préstamo hipotecario, más la cantidad de 188 euros presupuestados para intereses y costas, dejando sin efecto el requerimiento realizado al Sr. Vidal en el Auto de fecha 11-03-09, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Por providencia de fecha 26 de Mayo de 2009 se tuvo por preparado el recurso de apelación, emplazándose a la parte recurrente por el término de veinte días para la interposición. Por escrito presentado en fecha 2 de Julio de 2009 se formuló la interposición del recurso por la representación procesal aludida. Por providencia de fecha 6 de Julio de 2009 se tuvo por interpuesto el recurso anunciado, acordándose dar traslado a la parte contraria, emplazándola por diez días para que formulare escrito de oposición al recurso o, en su caso de impugnación. Por escrito presentado en fecha 23 de Julio de 2009, el Procurador de los Tribunales D. Miguel Ródenas Pérez en nombre y representación de Dña. Inés, se opuso al recurso de apelación formulado, interesando la confirmación de la sentencia apelada y la imposición de costas al recurrente. Por providencia de fecha 27 de Julio de 2009 se tuvo por formalizada la oposición, acordando remitir los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes ante ésta por el término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, se formó el correspondiente Rollo de apelación nº 643/09, siendo designado ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JUAN MARTINEZ PEREZ, habiéndose personado la parte actora, ahora apelada, Dña. Inés y la parte demandada y apelante en esta alzada, D. Vidal, señalándose para deliberación y votación el día 17 de Noviembre de 2009.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre de D. Vidal se pretende que se establezca que ha existido plus petición de la ejecutante en cuanto al incremento del IPC de las pensiones por alimentos y que el Sr. Vidal tan sólo adeuda por este concepto, y en relación a la pensión de su hijo Iván, 215,28 #. Que se declare que D. Vidal no adeuda nada en concepto de IPC por alimentos de su hijo Denis, ya que convive con él desde el 27 de Enero de 2007. Que se reconozca que el recurrente abonó a cuenta de atrasos la cantidad de 100 # el día 5 de Noviembre de 2008 y que por lo tanto esa cantidad ha de ser descontada de los 215,28 # adeudados en concepto de IPC. Que el Sr. Vidal no debe cantidad alguna por variación de la cuota del préstamo hipotecario como consecuencia de la revisión del tipo de interés, y con carácter subsidiario, en cuanto a este pedimento...

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