AAP Barcelona 367/2009, 27 de Abril de 2009

PonenteANA INGELMO FERNANDEZ
ECLIES:APB:2009:2610A
Número de Recurso290/2009
ProcedimientoOTROS RECURSOS
Número de Resolución367/2009
Fecha de Resolución27 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

ROLLO Nº 290/2009-K

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 1618/2007

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE LOS DE BARCELONA

A U T O N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. ANA INGELMO FERNÁNDEZ

D. DANIEL DE ALFONSO LASO

Dª. MARÍA DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA

En la ciudad de Barcelona, a 27 de Abril de 2009.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 290/2009-K, dimanante de las Diligencias Previas nº 1618/2007, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Barcelona, seguido por un delito de CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA, contra Juan Pedro ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Juan Pedro contra el Auto dictado en los mismos el día 22 de Diciembre de 2008, por el Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada El Ministerio Fiscal en la representación que la Ley le otorga.

H E C H O S
PRIMERO

La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "No ha lugar a la acumulación de las D. Previas 52/2008-B del Juzgado de Instrucción num. 13 de Barcelona a las presentes diligencias previas.

Habiendo sido presentado escrito de defensa respecto de Juan Pedro así como también respecto de todas las sociedades unipersonales administradas por el mismo que constaban como responsables civiles, se tiene por comparecido y parte a la Procuradora Mónica Ribas en nombre y representación de Introducción de Mercados Emergentes S.L., Sofware Consulting and Management S.L., Ratio S.L., Cegesdoc S.L. Autsourcing and Reinting S.L., Gestión Marketin an Software S.L., Consultoria Empresarial e Intermediación S.L., Management e Intermediación Pime S.L., Gescomin 28 S.L. e Ingeman 04 S.L. y se tiene por evacuado dicho trámite respecto de todas ellas. Mediante la notificación del presente se requiere a la representación de los Sr. Federico para que en el término de 10 dias manifieste si Don. Federico son titular, administrador, legal representante etc... de la mercantil Muñoz & Pey Grup S.L. declarada responsable civil directo en el auto de apertura de juicio oral y en su caso si la defensa de Don. Federico asume también la defensa y/o representación de dichas sociedades, en ese caso deseles nuevo traslado para que en el término de 10 dias puedan presentar escrito de defensa de dicho Responsable Civil Directo. Caso contrario debera manifestar el nombre y domicilio del titular, administrador, legal representante etc... de la misma.

Notifiquese la presente resolución a las partes personadas y al Ministerio Fiscal.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe recurso de APELACIÓN en el término de CINCO DIAS, sin perjuicio de poder formular potestativamente recurso de reforma en el plazo de TRES dias".

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA INGELMO FERNÁNDEZ.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

El presente recurso se alza contra el Auto de fecha 22 de Diciembre de 2008, que desestima la pretensión de la parte relativa a que la presente causa se acumulara a las Diligencias Previas nº 52/2008 seguidas ante el Juzgado de Instrucción nº 13 de los de esta ciudad.

En esta causa, en la que se ha dictado Auto de apertura del juicio oral, se acusa al recurrente y a Romeo por la comisión de 5 delitos contra la Hacienda Pública y un delito continuado de falsedad en...

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