SAP Murcia 223/2010, 21 de Abril de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:780
Número de Recurso583/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución223/2010
Fecha de Resolución21 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00223/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000583 /2009

S E N T E N C I A nº 223/2010

Ilmos Sres.

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López del Amo González

Dª. María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En Murcia, a veintiuno de abril de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 1444/2007, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Siete, entre las partes: como actora "Promociones Elbio, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Albacete Manresa y defendida por el Letrado Sr/a. Martínez Martínez, y como demandada "Barak Rental, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Navarro Fuentes y defendida por el Letrado Sr/a. Herrera Aguilar, quien a su vez planteó demanda reconvencional frente a la actora.

En esta alzada actúa como apelante "Barak Rental, S.L.", personándose por el Procurador Sr/a Navarro Fuentes, y como apelada "Promociones Elbio, S.L.", personándose por el Procurador Sr/a Albacete Manresa. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 5 de marzo de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: 1.-Que estimando la demanda principal formulada por la mercantil "PROMOCIONES ELBIO SL", representada por el Procurador D. Alfonso Albacete Manresa, contra la mercantil "BARAK RENTAL SL", representada por el Procurador D. José Julio Navarro Fuentes, debo condenar y condeno a la demandada: a) A cumplir el contrato de compraventa concertado con su representada el 20 de julio de 2005 debiendo proceder para ello al otorgamiento de la escritura pública de compraventa y como se establece en la cláusula 6ª y Novena, previo pago de las cantidades adeudadas a su representada y que asciende a

1.035.195,45 euros.

  1. A que abone a la demandante el interés legal de la citada cantidad desde el 13 de julio de 2007.

  2. A que haga entrega a la actora de los cuatro avales bancarios expedidos por la entidad "La Caixa" en garantía de la devolución de las cantidades entregadas a cuenta del precio por la demandada a la actora

  1. - Que desestimando la demanda reconvencional formulada por la mercantil "BARAK RENTAL SL", representada por el procurador D. José Julio Navarro Fuentes, contra la mercantil "PROMOCIONES ELBIO SL", representada por el Procurador D. Alfonso Albacete Manresa, debo de absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones formuladas en su contra con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por "Barak Rental, S.L." basándolo en síntesis en que se rechazara la demanda y se estimara su reconvención.

Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 583/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 19 de abril de 2.010.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

"Promociones Elbio, S.L." formuló demanda contra "Barak Rental, S.L." solicitando el cumplimiento del contrato privado de compraventa de 20 de julio de 2005 celebrado entre las partes, oponiéndose la demandada al cumplimiento por haber sido resuelto...

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