SAP Murcia 204/2010, 13 de Abril de 2010
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2010:603 |
Número de Recurso | 584/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 204/2010 |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00204/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000584 /2009
S E N T E N C I A nº 204/2010
Ilmos Sres.
D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Don Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En Murcia, a trece de abril de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 904/2005, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Siete, entre las partes: como actora Dávila Costa, S.L. y Ramón García Guillén Agricultura, S.L., representada por la Procuradora Sra. De Alba y Vega y defendida por el Letrado Sr/a. Pérez Botía, y como demandada "Francisco Belmonte, S.A.", representada por el Procurador Sr/a. Vaquero Gómez y defendida por el Letrado Sr/a. Fernández Soria.
En esta alzada actúa como apelante "Francisco Belmonte, S.A.", personándose por el Procurador Sr/a Vaquero Gómez, y como apelada Dávila Costa, S.L. y Ramón García Guillén Agricultura, S.L., personándose por el Procurador Sr/a De Alba y Vega. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 27 de enero de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que estimando la demanda formulada por las mercantiles "Dávila Costa SL" y "Ramón García Guillen Agricultura SL" representadas por la procuradora Doña Inmaculada de Alba y Vega, contra la mercantil "Francisco Belmonte SA", representada por la procuradora Doña Margarita Vaquero Gómez, debo declarar y declaro que la demandada ha incumplido sus obligaciones contractuales en los contratos objeto de la demanda y, en consecuencia, declaro resueltos los contratos de compraventa concertados por las actoras con la demandada el 13 de agosto de 2003 y que la demandada de be de restituir a cada una de las demandantes la cantidad de ocho mil ciento diez euros (8.110) abonados como precio más el interés legal desde la fecha de presentación de ella demanda, y, en su consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones y restituir a cada una de las demandantes la cantidad de ocho mil ciento diez euros (8.110) de principal más el interés legal desde el 14 de septiembre de 2005, todo ello con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte demandada".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por "Francisco Belmonte, S.A." basándolo en síntesis en que se rechazara la demanda.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 584/2009 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 13 de abril de 2.010.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Dávila Costa, S.L. y Ramón García Guillén Agricultura, S.L. formularon demanda contra la mercantil "Francisco Belmonte, S.A." solicitando la resolución del contrato de compraventa de dos quads por la aparición de un proceso electroquímico que produce la corrosión de los materiales deteriorándolos hasta su destrucción...
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