STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Julio de 2005

PonenteGEMA PALOMAR CHALVER
ECLIES:TSJCV:2005:5043
Número de Recurso1840/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

3 Rec. C/Sent. nº 1840/05 Recurso contra Sentencia núm. 1840 de 2.005 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver Ilma. Sra. Dª Amparo Ballester Pastor En Valencia, a diecinueve de julio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2527/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 1840/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de enero de 2.005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Once de Valencia, en los autos núm. 489/04 , seguidos sobre Desempleo, a instancia de Dª Almudena asistida por el Letrado D. Juan Valero de Palma Manglano, contra INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO (SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL) asistido por el Sr. Abogado del Estado, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 21 de enero de 2.005 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Dª Almudena , debo declarar y declaro el derecho de la actora a la capitalización de la prestación de desempleo por el periodo no consumido condenando al INEM a su abono y a estar y pasar por tal declaración".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"Primero.- La demandante, Almudena , solicitó el 8-7-03 prestación contributiva de desempleo, derivada de su cese en la Cooperativa Vena Martí Sorolla el 20-6-03.- Que la misma le fue reconocida por un periodo de 240 días, BR de 55'27 diarios y con fecha inicial de efectos 14-7- 03.- Segundo.- Que el 14-7-03 solicitó la capitalización de la prestación, que le fue denegada por resolución de 26-1-04 -docum 1 acompañado a la demanda-.- Tercero.- Que la actora ha venido prestando servicios en virtud de contratos temporales en la Cooperativa Vena Martí Sorolla, dedicada a la enseñanza, durante los tres cursos escolares inmediatamente anteriores, de Septiembre a Junio.- Cuarto.- Que la actora, solicitó el 280-6-03 su ingreso en la Cooperativa mencionada, habiendo sido admitida en la misma y causando alta en el RETA, con efectos de 1-9- 03, realizando una aportación económica de 38.221'64.- Quinto.- Se agotó la vía administrativa previa".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada que fue debidamente impugnado por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, estimatoria de la pretensión de la parte actora sobre percibo de la prestación...

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