Sentencias sobre Principios laborales

614 sentencias sobre Sentencias sobre Principios laborales

  • STSJ Cataluña 1805/2011, 11 de Marzo de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO. Su elaboración es una facultad que sólo a esta corresponde, el hecho de que no haya sido posible llegar a un acuerdo con el Comité de Empresa, y que como consecuencia de esto, la empresa se haya visto obligada a publicitar el calendario que previamente había puesto en conocimiento de estos representantes, no puede llevarnos al absurdo...

  • STSJ Andalucía 3065/2010, 22 de Diciembre de 2010

    DESPIDO. PRIVACIÓN DE LIBERTAD. PRINCIPIO PRO OPERARIO. "...Sin duda alguna, la conceptuación de la "privación de la libertad, mientras no exista sentencia condenatoria", como causa suspensiva de la relación laboral se asienta en el principio penal de "presunción de inocencia", hasta la fecha en que recaiga sentencia condenatoria firme, y por ello la situación provisional no debe producir "per se"

  • STSJ Galicia 3135/2008, 22 de Septiembre de 2008

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. No estamos en presencia de una condición más beneficiosa amparada por una mera tolerancia de la empresa, que la doctrina jurisprudencial y científica han estimado carentes de fuerza vinculante para quien realiza la concesión. Insistimos, ha existido una voluntad, reiterada en el tiempo, de otorgar una protección adicional y que se ha incorporado a las propias normas...

  • STSJ País Vasco 2481/2009, 3 de Noviembre de 2009

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Faltando, así, la premisa que permitiría hablar de la existencia de una modificación sustancial en las condiciones de trabajo del demandante, ni puede declararse injustificada o nula la comunicación empresarial por incumplimiento de los requisitos previstos en el art. 41.3 del ET, ni tampoco porque no hubiera cumplido con los requisitos...

  • STSJ País Vasco 2176/2009, 6 de Octubre de 2009

    CONFLICTO COLECTIVO. DESCANSO LABORAL. Lejos de encontrarnos con el vicio adquirido aludido por la empresa, estamos ante el disfrute durante más de treinta años de un derecho por los trabajadores del almacén que se incorporó a su nexo contractual por voluntad de la empresa, y que, a pesar de que ha sido renunciado por muchos de ellos durante los últimos años, se ha mantenido por algunos hasta que

  • STSJ Andalucía 2956/2009, 2 de Diciembre de 2009

    ACCIDENTE DE TRABAJO. PRINCIPIO PRO OPERARIO. INCAPACIDAD TEMPORAL. CONTINGENCIA. PRESTACIÓN. Aplicando estas consideraciones al caso que nos ocupa, no podemos sino concluir con los recurrentes que la Resolución impugnada incurrió en aplicación indebida del artículo 115.3 de la Ley General de la Seguridad Social a la luz de la jurisprudencia expuesta, pues en realidad observamos que los hechos...

  • STSJ Cataluña 7708/2008, 15 de Octubre de 2008

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Uno de tales instrumentos es justamente el precepto señalado del art. 41.2. ET, que facilita la modificación mediante acuerdos colectivos de empresa pactados con los representantes de los trabajadores de determinadas condiciones de trabajo, horario, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, sistema de trabajo y rendimiento, establecidas en...

  • STSJ Andalucía 2596/2009, 7 de Julio de 2009

    CONFLICTO COLECTIVO. El incremento del precio en los reducidos importes señalados y tomando como parámetro el IPC no puede calificarse, en modo alguno, como modificación sustancial de las condiciones de trabajo en el sentido del art. 41 del E.T pues, ni el incremento en unos céntimos de los precios de los productos ofertados en la cafetería, incremento que se corresponde con la subida del ipc, ni

  • STSJ Galicia 3118/2008, 12 de Septiembre de 2008

    SEGURO DE VIDA. PÓLIZA. Ha existido una voluntad, reiterada en el tiempo, de otorgar una protección adicional. Se ha engendrado así un estado de cosas que ha sido asumido por los trabajadores como una contraprestación más en retribución de sus servicios. Y una vez incorporada esta condición más beneficiosa a las restantes del contrato no puede ser unilateralmente suprimida. El rigor en el examen...

  • STSJ Navarra 219/2008, 26 de Septiembre de 2008

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Esto es lo que sucede con la gratuidad de la enseñanza de la que vienen disfrutando los hijos de los trabajadores de la Escuela Municipal de Música de Alsasua desde que el 29 de marzo de 1993 la Junta del Patronato adoptó un acuerdo en tal sentido. Acuerdo que, como mantiene la Juzgadora de instancia y pese a los argumentos esgrimidos por la parte recurrente, no fue...

  • STSJ Canarias 645/2008, 14 de Octubre de 2008

    PAGA DE PRODUCTIVIDAD. Al no quedar constancia de un hecho contrario a la firme convicción de lo plasmado en la resolución de instancia y teniendo en cuenta requisitos que la doctrina exige para la condición más beneficiosa, vemos que el caso enjuiciado se incardina plenamente en la situación de esa condición, adquirida con anterioridad a haberse producido la sucesión, de manera que acaecida ésta

  • STSJ Galicia 2781/2008, 15 de Julio de 2008

    CONTRATO DE TRABAJO. DERECHOS. INDEMNIZACIÓN. En base a los actos de la empresa cabe concluir que estamos ante una condición más beneficiosa en atención a las siguientes consideraciones: 1) En primer lugar, se ha acreditado y declarado probado que había un colectivo de trabajadores de la empresa, los empleados con anterioridad al 1-2-1970 que en el caso de auxilio por fallecimiento se les abonaba

  • STSJ Navarra , 30 de Junio de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. No se está en presencia de la llamada condición más beneficiosa, al no haberse acreditado la existencia de un acto voluntario e inequívoco del empresario de reconocer un derecho a os trabajadores por encima de lo que tiene establecido en las fuentes legales o convencionales, sin que, tampoco, concurra la circunstancia de...

  • STSJ Canarias , 25 de Noviembre de 2004

    PLUS DE PELIGROSIDAD. CONVENIO COLECTIVO. DERECHOS ADQUIRIDOS. No se aprecia la existencia de una condición más beneficiosa, que tiene siempre un origen contractual, sino lo que se esta reclamando es el pago de un complemento que nace de un Convenio de Colectivo, lo que llevaría a hablar no de condiciones mas beneficiosa, sino de derechos adquiridos. Ante la sucesión normativa que se produce en...

  • STSJ Cataluña , 6 de Octubre de 2003

    CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. PRIMAS. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión, de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual en virtud de un acto de voluntad constitutivo...

  • STSJ Cantabria , 27 de Mayo de 2005

    SALARIO. MEJORAS VOLUNTARIAS. Ahora bien, no es la mera persistencia en el tiempo lo que crea la condición más beneficiosa; tal persistencia debe ser indicativa de la voluntad del empresario de reconocer un beneficio que supera lo que las normas legales o convenidas han establecido en la materia (SSTS 3 noviembre 1992 (RJ 1992/8776) y 20 enero (RJ 1995/392)); aunque tal voluntad puede...

  • STSJ Cataluña , 23 de Enero de 2004

    SERVICIO DE SALUD DE PREVENCIÓN. Se impugna sentencia. El empresario deber? constituir un servicio de prevención propio cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: a) Que se trate de empresas que cuenten con m?s de 500 trabajadores. b) Que, trat?ndose de empresas de entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en el Anexo I. c) Que, trat?ndose de empresas...

  • STSJ Cantabria 212/2008, 24 de Marzo de 2008

    CONFLICTO COLECTIVO. El derecho a tal jornada no nace del convenio ni de una eventual condición beneficiosa ya que, reiteramos, no existe voluntad reiterada e inequívoca de la concesión de tal mejora sino al contrario las razones productivas que obligaban a diferenciar entre quienes ya disfrutaban de dicha jornada y el personal de nueva contratación . Se desestima el recurso de suplicacion.

  • STSJ Cantabria , 13 de Junio de 2005

    SALARIO. CONDICION MAS BENEFICIOSA. Pues bien, sobre la base de la doctrina transcrita y sobre la base de los hechos acreditados se llega a la conclusión de que existe una persistencia y regularidad indicativa de la voluntad empresarial de reconocer un beneficio aunque éste se manifestara tácitamente a través de dicha reiteración (habitualidad, regularidad, persistencia) e incorporando como tal...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 3 de Noviembre de 2005

    DEMANDA LABORAL. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN. Se rechaza el motivo del recurso, al no aparecer para nada que exista un beneficio consolidado por el actor al percibo del complemento en cuestión, ni por ende que tenga derecho alguno a las cantidades reclamadas por dicho concepto, ya que se trata sin duda de un complemento de puesto de trabajo, que empezó a percibir al ocupar el puesto de responsable...

  • STSJ Navarra , 18 de Diciembre de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. DESESTIMACIÓN. Se discute en el presente procedimiento de Conflicto Colectivo si el llamado salario vitrometal que se pactó entre los trabajadores y la empresa demandada en marzo de 1980 (tomando como base un salario/hora en función de las categorías profesionales de la empresa, y que agrupaba todos los complementos salariales excepto los que expresamente se detallaban en el...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 26 de Abril de 2005

    "CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. Se aprecia la existencia de condición más beneficiosa. Para la aplicación del plazo de caducidad es necesario que se produzca modificación sustancial de las condiciones de trabajo, al amparo del artículo 41 del T.R. de la Ley del Estatuto de los Trabajadores . Es decir, por razones económicas, técnicas, organizativas o de la producción, y siguiendo la empresa el...

  • STSJ Cataluña , 20 de Marzo de 2001

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. INDEMNZIACION. ANTIGÜEDAD. CONDICION MAS BENEFICIOSA. La figura de la condición más beneficiosa de creación jurisprudencial, basada fundamentalmente en le articulo 9.2 de la Ley de Contrato de Trabajo, se configuró? inicialmente con un carácter individual, alcanzando su consagración, entre otras, en las sentencias del 31 de octubre de 1961 y 25 de octubre de 1963. Esta...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Febrero de 2003

    Desestimación del Recurso de Suplicación Se llega a rechazar el amparo motivado por la falta de pronunciamiento de fondo en un recurso de suplicación por la ausencia de indicación en el escrito de formalización del mismo en el que se incardinaba el motivo del recurso, al igual que por la falta de concreción, con absoluta precisión y claridad, de la norma o normas jurídicas que consideraba...

  • STSJ Andalucía 2977/2003, 30 de Septiembre de 2003

    "DESPIDO. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. REVISIÓN. Se reclama contra sentencia que desestimo la pretensión de la recurrente en el marco de una reclamación de cantidad por despido. La Sala no puede acceder a la revisión solicitada, pues aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil, establece la necesidad de una prueba complementaria en los supuestos en que se impugna la autenticidad de un documento, en este...

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