Anuario de Filosofía del Derecho

Editorial:
Boletín Oficial del Estado
Fecha publicación:
2008-09-25
ISBN:
0518-0872

Descripción:

Foro especializado para el debate de los principales problemas teóricos actuales de la Teoría y la Filosofía del Derecho, como legitimidad y obligatoriedad de las leyes, desobediencia civil, estatuto de los derechos humanos, manipulación genética o eutanasia.
Su dirección científica está a cargo de la Sociedad Española de Filosofía Jurídica y Política y en él publican habitualmente los miembros de esta Sociedad, pero sus cuatro secciones están abiertas a la colaboración de otros especialistas nacionales e internacionales.

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Últimos documentos

  • En recuerdo de Juan Ramón Capella
  • Jesús Ballesteros como filósofo anti-gnóstico: implicaciones de la antropología y epistemología subyacentes a su concepto de Derecho como no-discriminación y no-violencia»

    Se presenta el pensamiento de Jesús Ballesteros como proviniendo de su idea de Derecho como no-discriminación y no-violencia. Ballesteros entiende la violencia como originándose en un discurso, en un grupo de ideas o filosofía, que deforman la realidad del otro, de manera que este queda reducido desde su estatus de persona igual a otras personas hasta el de objeto de uso, que puede ser faltado al respeto (o sea objeto de violencia). Ballesteros siempre denuncia estos esquemas de filosofía que reducen la dignidad del otro, y el correcto entendimiento de las relaciones entre personas y con el entorno natural. Por su reivindicación de una epistemología realista, que anteponga la realidad al conocimiento, puede entenderse su filosofía como anti-gnóstica, por contraria a los discursos y favorable a lo real

  • Pérez de la Fuente, Oscar. Odio, minorías y libertad de expresión, Madrid, Dykinson S. L., 2023, 221 pp.
  • ¿Qué le pide la inteligencia artificial al derecho?
  • In memoriam. Francisco Puy Muñoz
  • Bellver Capella, Vicente. Derechos al final de la vida. Una exploración bioética sobre los derechos de las personas mayores y altamente vulnerables, Madrid, Editorial Reus, 2023, 313 pp.
  • La Unión Europea y el futuro de la Inteligencia Artificial

    El presente escrito trata la relación entre el sector público y el sector privado a través del uso de la IA que se da en el sector público: utilizar la IA para los servicios esenciales y funciones fundamentales del Estado no es tanto una cuestión de factibilidad tecnológica, como una cuestión de valores que el sector público y el privado no comparten. Cómo esta diferencia de valores afecta el interés común de la sociedad, y cuáles son sus aspectos más problemáticos es el centro de este escrito que también brevemente intenta abordar el posible futuro de la IA y pregunta si hay maneras de gobernarlo

  • Gene drives en seres humanos: tareas para la filosofía del derecho

    Los gene drives disocian el problema de la edición genómica en dos, la modificación introducida y la velocidad a la que esta se expande. Como mecanismo de intervención en los seres vivos se asocia a expresiones como «herencia Supermendeliana» o incluso «Lamarckista». Sin embargo, estos sintagmas no muestran realmente el salto cualitativo que supone esta forma de intervención en la naturaleza. En los primeros años, la preocupación se centró en qué sucedería en los ecosistemas si se aplicaban a insectos o incluso a mamíferos. Sin embargo, el núcleo de nuestro trabajo es una reciente reflexión sobre en qué medida podrían verse afectados los seres humanos en sí mismos. Seguidamente estudiaremos qué tareas o retos hemos de asumir en la filosofía del derecho para enfrentarnos a este tipo de tecnologías, en concreto, la necesidad de redefinir la eugenesia, hallar un patrón que supere la dicotomía actualmente existente para regular las tecnologías disruptivas y, por último, estudiar de forma específica el impacto de estos avances tecnocientíficos en las mujeres

  • El derecho como modo de subjetivación. Implicaciones iusfilosóficas de las tecnologías del sujeto en Michel Foucault

    El artículo considera el derecho como un modo de subjetivación. Para ello, se parte de las nociones foucaultianas que analizan aquél como un conjunto de dispositivos institucionales que establecen obligaciones y potestades para las personas destinatarias, pero también configuran a estas últimas. Se han diferenciado asimismo las nociones de sujeción y de subjetivación. Mientras que la primera alude a la necesidad de constituir un sujeto de derecho para hacer operativo el sistema jurídico dentro de estrategias dadas, la segunda advierte sobre el carácter parcialmente abierto de esa dimensión subjetiva. Así se contraponen las funciones de conducción y de fomento de prácticas de libertad y reconocimiento del derecho

  • Bienes fundamentales, bienes comunes y lo común en el Estado constitucional

    Los bienes fundamentales ocupan un lugar central en la propuesta de Constitución de la Tierra que realiza el gran jurista italiano, Luigi Ferrajoli. Con esta nueva categoría jurídica abre un debate, no sólo con la doctrina constitucionalista y los defensores de la cultura de los derechos humanos, sino también con aquellas que apuestan por los bienes comunes y lo común como principio, para impulsar procesos de transformación social. Para Ferrajoli, los bienes comunes deben ser reconocidos, entre otros, como bienes fundamentales por el Estado constitucional. Este paso es importante por dos motivos. En primer lugar, para evitar equívocos con otros usos del término bienes comunes y, en segundo lugar, para conseguir una protección más eficaz, desde el punto de vista jurídico, de estos bienes, que son vitales para todas las personas. En este texto, en aras también de tener una mayor o mejor comprensión de la propuesta del jurista italiano, abundaremos en estas dos razones

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