Sentencias sobre Aduanas

269 sentencias sobre Sentencias sobre Aduanas

  • STS, 24 de Noviembre de 2004

    "RECURSO ADMINISTRATIVO. IMPUGNACIîN DE LIQUIDACIîN. VALOR DE ADUANA. Se presenta recurso administrativo impuganando la liquidaci—n en conepto de valor de aduana. No tampoco puede acogerse la alegaci—n hecha por la recurrente en el sentido de que la disposici—n transitoria 5» de la Ley 43/1995, de 27 de Diciembre, del Impuesto de Sociedades, haya venido a reconocer la subsistencia de la...

  • STS, 25 de Noviembre de 2004

    ARANCEL ADUANERO. Se estima el recurso contencioso-administrativo que impugna los actos sobre arancel aduanero, los actos impugnados son anulados. La parte demandada interpone recurso de casación. El régimen aduanero que se regula abarca todos los derechos incluidos en el Arancel Aduanero, sin que sea razonable, por no existir base legal, excluir de este a las Exacciones Reguladoras Agrícolas. En

  • STS, 13 de Julio de 2001

    RENTA DE ADUANAS, DERECHOS DE IMPORTACIÓN. La Sala considera que después de reconocer el derecho que asiste a IBERIA, S.A., a la importación de los equipos mencionados, libre de derechos arancelarios y con el tipo bonificado del 3% en el Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores, carece ya de todo interés procesal, en el caso de autos, discutir acerca de si la Inspección de Aduanas...

  • STS, 8 de Julio de 2000

    IMPUESTOS ESPECIALES. LIQUIDACIONES PROVISIONALES Y DEFINITIVAS Y LIQUIDACIONES FIRMES Y NO FIRMES. CARACTERIZACIÓN Y DIFERENCIAS. Es necesario diferenciar liquidaciones provisionales y liquidaciones definitivas, de liquidaciones firmes y no firmes, pues las primeras tienen presente que la Hacienda Pública como parte acreedora de las obligaciones tributarias ""ex lege"" practica liquidaciones sin

  • STS, 2 de Octubre de 2002

    DESGRAVACIÓN FISCAL A LA EXPORTACIÓN. No solo deben declararse no susceptibles de revisión las situaciones decididas mediante sentencia con eficacia de cosa juzgada, sino tambien las derivadas de actuaciones administrativas que hubieren ganado esa condición en su ámbito. Y todo ello con la finalidad de evitar que resulte de peor condición quien acudió a los Tribunales, sin éxito, en impugnación

  • STS, 21 de Noviembre de 2006

    IMPUESTOS ESPECIALES. INCREMENTO DE BASE IMPONIBLE DECLARADA. IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS PROCEDENTES DE OTROS PAÍSES. CASACIÓN. INADMISIÓN. CUANTÍA. Lo relevante a efectos de cuantía y de sistema de recursos es cada importación, debiéndose señalar que ninguna de las cuantías que en la liquidación se reseña alcanza el importe mínimo para el acceso a la casación. En Sede Administrativa se emite...

  • STS, 28 de Diciembre de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN. ADMISIBILIDAD. FALTA DE FUNDAMENTACIÓN. DESGRAVACIÓN FISCAL A LA EXPORTACIÓN. Se reclama contra la sentencia desestimatoria de recurso contencioso administrativo sobre Desgravación Fiscal a la Exportación. Es innegable que para poder plantear las cuestiones de fondo, la entidad mercantil recurrente debió inexcusablemente y con carácter previo discutir en el recurso de...

  • STS, 7 de Julio de 2000

    RECURSO DE CASACIÓN. LIQUIDACIÓN ERRONEA. ERROR DE DERECHO. RECURSOS. La aplicación de un tipo erróneo en una liquidación es una cuestión de derecho y no de hecho, y por lo tanto ese error de derecho debe ser combatido por la vía de los recursos administrativos recurso de reposición. Se desestima el recurso.

  • STS, 21 de Junio de 2000

    DEVOLUCIÓN POR INGRESOS DE TASAS. ADUANAS. Ningún derecho de aduana de carácter fiscal será aplicable entendiendo por tales exacciones de efecto equivalente toda carga pecuniaria, impuesta cualesquiera que sean su denominación y su técnica, que grave las mercancías nacionales o extranjeras debido a su paso por frontera, cuando no sea un derecho de aduana propiamente dicho. Conforme lo dispuesto...

  • STS, 16 de Noviembre de 2002

    Derechos de Importación. El presente caso y a diferencia de otros resueltos por esta Sala, al tratarse de un plazo de caducidad de la acción que correspondía a la Administración para la recaudación de las cuotas no percibidas, deba estarse a la fecha en que esta fue ejercitada a los efectos de la aplicación del concreto Reglamento de la CEE núm. 1697/79.

  • STS, 24 de Febrero de 2000

    DESGRAVACIÓN FISCAL A LA EXPORTACIÓN. La sentencia mencionada, de 14 de Noviembre de 1987, no es aplicable a éste recurso, puesto que solamente anulaba unas liquidaciones, mediante un recurso interpuesto contra ellas en tiempo hábil para hacerlo, a diferencia de lo que ocurre en el caso del presente recurso, en el que, la entidad exportadora dejó firmes y consentidas las liquidaciones que le...

  • STS, 20 de Abril de 2004

    RESOLUCIÓN DE VALOR EN ADUANA. Al no darse la condición de tratarse de trabajos realizados fuera de la Comunidad Europea, porque la Sociedad matriz es holandesa y, por ende, comunitaria, los gastos de referencia no podían nunca incrementar el valor en aduana de las mercancías importadas. Se estima la casación.

  • STS, 11 de Diciembre de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN. HECHOS PROBADOS. El principio del respecto a los hechos probados así declarados en la sentencia de instancia y a la valoración de la prueba que la misma haya efectuado constituyen uno de los presupuestos básicos del recurso de casación, impuesto por su naturaleza de recurso de motivación tasada y procedente solo contra determinadas resoluciones y por su finalidad primordial...

  • STS, 21 de Enero de 2003

    Derechos de Importación: Vehículos importados, en 1989 y 1990, de Suecia, por Scania Hispania S.A., con ruedas que habían sido facilitadas antes, gratuitamente, por la empresa española, a la sueca (matriz): El valor en Aduana de dichos vehículos debe comprender el valor de dichas ruedas, dentro del "Régimen de Perfeccionamiento Pasivo" (Reglamentos CEE 2473/1986, 2458/1987, 296/1986 y 1981/1988,...

  • STS, 19 de Enero de 2000

    IMPUESTO ESPECIAL. Tales plazos son de ""caducidad"" y no admiten el mecanismo de la interrupción, a diferencia de cuanto ocurre con la prescripción extintiva; así pues, dentro de aquellos plazos la actuación inspectora carece de virtualidad por si misma para enervar el automatismo mediante el cual se produce la consolidación de las liquidaciones provisionales, para lo que resulta inexcusable un...

  • STS, 19 de Enero de 2000

    DESGRAVACIONES FISCALES. Como, en este caso, contrastadas las fechas de la exportación (o del devengo) con aquéllas en que se ha efectuado la comprobación administrativa, es obvio que habían transcurrido con exceso los dos años comentados, debe aplicarse, por tanto, forzosamente, la solución argumentada en el párrafo inmediato anterior, con la consecuente estimación del presente recurso...

  • STS, 5 de Diciembre de 2001

    DESGRAVACION A LA EXPORTACION . Las liquidaciones a que se refiere la inicial reclamación de la recurrente para que le fueran abonadas mayores cantidades que las aplicables, en concepto de Desgravación Fiscal a la Exportación, fueron giradas y resultaron consentidas y firmes, al no ser impugnadas, con lo que serían inatacables .Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima...

  • STS, 4 de Abril de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN. REGIMEN TRIBUTARIO. BONIFICACIONES. MOMENTO EN QUE SE FIJA. Se estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo dictado por el TEAC. Contra la anterior sentencia, se preparó recurso de casación. Esta Sala ha venido declarando con reiteración que la formalización del contrato de obra para la construcción de buques es el acto del que nace el derecho...

  • STS, 14 de Abril de 2000

    ACTO ADMINISTRATIVO. Los actos administrativos de liquidación, dictados al amparo de una disposición general nula de pleno derecho, solo incidirían en nulidad absoluta o radical si en éllos y sólo en éllos concurriesen las circunstancias definidas en el artículo 153 de la Ley General Tributaria, que son, a saber: 1º) Los dictados por órganos manifiestamente incompetentes; 2º) Los constitutivos de

  • STS, 30 de Noviembre de 2006

    IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: Importación de productos farmacéuticos. Tipo impositivo: tipo reducido: productos sanitarios y especialidades farmacéuticas: ámbito de aplicación del art. 28.1.5 Ley 30/1985, de 2 agosto: examen; concepto de especialidad farmacéutica: el producto debe encontrarse dispuesto y acondicionado para su dispensación al público; concepto de «producto» a estos efectos:...

  • STS, 18 de Febrero de 2009

    En el caso de importaciones, los derechos aduaneros se devengan en cada una de las operaciones de importación, por lo que cada una de tales liquidaciones tiene una entidad perfectamente diferenciada y jurídicamente autónoma, por lo que es la cuantía de cada una de estas liquidaciones la que debe ser considerada para establecer si se alcanza o no la "summa gravaminis" del recurso de casación, con...

  • STS, 3 de Enero de 2006

    "DERECHOS DE IMPORTACIÓN. El valor en aduana es el de transacción. Puede no ser el de transacción cuando exista vinculación entre comprador y vendedor. En esta hipótesis, la de vinculación, es posible la ""aceptación"" como valor en aduana el valor de transacción. Si no se aceptara, la Administración está obligada a poner de relieve las circunstancias que le permiten afirmar que el valor en...

  • STS, 30 de Junio de 2005

    "DERECHOS ARANCELARIOS DE IMPORTACION. La cuestión esencial que en éste recurso se plantea se centra en determinar si puede la entidad recurrente, una vez transcurridos tres años desde la contracción de los derechos liquidados a la importación de determinada mercancía puede solicitar que se anulen las primitivas liquidaciones y se sustituyan por otras nuevas reconociéndose el derecho a la...

  • STS, 11 de Diciembre de 2002

    Derechos de Importación: Diodos y otros conductores importados de Portugal: tras la comprobación a posteriori efectuada por la Aduana de Bilbao, consta comprobado (y así se declara en la sentencia recurrida) que tales mercancías no son portuguesas (sin constar, sin embargo, de qué país provienen): tal valoración probatoria constriñe en casación y no puede ser revisada en ella (al no darse, además,

  • STS, 25 de Febrero de 2000

    IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL PETRÓLEO. El artículo 18.2, referido, en punto a la sujeción al Impuesto Especial sobre el Petróleo, es mas que remisión, pues se trata en realidad del propio reglamento de este Impuesto, que en lugar de incluir los productos gravados, con todo detalle, en el Reglamento específico del Impuesto, el aprobado por el Real Decreto 2554/1980, ha preferido utilizar la...

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