Responsabilidad de la Administración
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Normas del derecho común sobre uso y habitación
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Reclamación de responsabilidad patrimonial contra ayuntamiento
Modelo de reclamación de responsabilidad patrimonial contra ayuntamiento redactado en base a los arts. 32 y ss. LRJSP y art. 92 LPACAP.
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Reclamación administrativa previa a la reclamación por daños y perjuicios producidos por obras públicas. Iniciación a instancia del interesado del procedimiento de responsabilidad patrimonial
Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas se iniciarán de oficio o por reclamación de los interesados. Cuando el procedimiento se inicie a instancia del interesado, la reclamación se dirigirá al órgano competente y deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 66 LPACAP.
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Demanda de Reclamación Patrimonial a la Administración por lesiones y daños
Demanda de Reclamación Patrimonial a la Administración por lesiones y daños de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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ARTÍCULO 96
ARTÍCULO 96 Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. 1. Cuando razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen, las Administraciones Públicas podrán acordar, de oficio o a solicitud del interesado, la tramitación simplificada del procedimiento. En cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, el órgano competente...
- Vigente Ley de urbanismo de las Illes Balears. (Ley 12/2017, de 29 de diciembre)
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STS, 21 de Febrero de 2014
INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. RESPONSABILIDAD. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al índice de precios al consumo, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por...
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STS, 23 de Mayo de 2014
LICENCIA URBANÍSTICA. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. La licencia autorizaba la edificación en suelo que tenía la condición de rústico, y que no hubo ningún movimiento de tierra ni una sola actuación urbanística para acondicionar los terrenos. La correcta interpretación de aquellos preceptos que imponen la responsabilidad patrimonial, exige que se considere no el aprovechamiento