La UNESCO y la educación internacional: reflexiones para una propuesta conceptual en el derecho internacional
Autor | Blanca Yaquelin Zenteno Trejo |
Cargo del Autor | Benemérita Universidad Autónoma de Puebla |
Páginas | 563-580 |
‒ ‒
CAPÍTULO 33
LA UNESCO Y LA EDUCACIÓN INTERNACIONAL:
REFLEXIONES PARA UNA PROPUESTA CONCEPTUAL
EN EL DERECHO INTERNACIONAL
BLANCA YAQUELIN ZENTENO TREJO337
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
1. INTRODUCCIÓN
Las expresiones “educación internacional” (EI) y la “educación para la
comprensión internacional” según Martínez de Morentin de Goñi, fue-
ron acuñadas desde 1974 por la Organización de las Naciones Unidas
para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO )en un intento para
su definición en: 1) las decisiones del Consejo Ejecutivo (1946-2004) y
2) la Recomendación sobre la Educación para la Comprensión, la
Cooperación y la Paz Internacionales y la Educación relativa a los De-
rechos Humanos (DD.HH) y las Libertades Fundamentales (instrumento
inspirador para la realización de la educación para la paz, los DD.HH y
la democracia).
La EI se tornó necesaria para evitar la guerra, violencia y proponer la
cooperación para alcanzar fines humanitarios, contenidos en la Carta de
Humanos (1948) y en caso de guerra los Convenios de Ginebra y un sin
número de acuerdos internacionales en materia de Derecho Humanitario
Internacional (ius in bellum e ius ad bellum) para proteger víctimas de
la guerra. Para tal fin, fue necesario que en las decisiones y recomenda-
ciones de la UNESCO, se ordenara y resumiera el desarrollo del
337 Profesora investigadora adscrita a la Facultad de Derecho de la Benemérita Universidad
Autónoma de Puebla. Línea de Generación y Aplicación del Conocimiento: 1) Derecho Interna-
cional y 2) Derecho y Educación. Mail: byzentenotrejo@hotmail.com y blanca.zenteno@co-
rreo.buap.mx
‒ ‒
principio constitucional de la “educación orientada a la comprensión en-
tre los pueblos” (educación para la comprensión internacional). Dicho
proceso continuó en 1995 con la aprobación del Plan de Acción Inte-
grado sobre la Educación para la Paz, los DD.HH y la Democracia
(2004, pp. 4-6).
A la fecha siguen siendo expresiones amplias, indefinidas y vagas cuyo
intento de conceptualización ha ido variando según los distintos enfo-
ques en el espacio (distintas naciones) y el tiempo (distintas épocas/ge-
neraciones).
En este contexto, se analizan los componentes definicionales de la ex-
presión “EI” como propuesta terminológica de la UNESCO, para discu-
tirla y reflexionarla en un entorno complejo y crítico. Las expresiones
dan por hecho el entendimiento de las mismas, sin embargo, es necesario
replantearlas a partir del ser, es decir del ¿qué es? y luego su “función o
finalidad” a través de la pregunta ¿para qué?
Actualmente las expresiones citadas juegan un papel importante dadas
las distintas situaciones críticas que enfrenta el mundo (guerra, la ham-
bruna, las movilizaciones humanas forzadas, pandemia, etc). Dichas ex-
presiones fueron aceptadas institucionalmente e internacionalmente y
pareciera que todos tuvimos voz en su construcción. La educación va
más allá de un espacio tradicional de enseñanza o de un discurso (aunque
sea el medio para lograr fines). En este contexto la autora intenta refle-
xionar los contenidos de las expresiones objeto de este capítulo en 4
apartados: 1) ¿Qué dice la UNESCO de las 2 expresiones?; 2) la EI como
proceso; 3) la EI como programa; y 4) la EI como motivación.
2. OBJETIVOS
2.1. GENERAL
‒ Analizar las palabras preexistentes y significados inmersos en
las expresiones EI y “educación para la comprensión interna-
cional” propuestas por la UNESCO, para discutirlas y reflexio-
narlas en el actual entorno complejo y crítico y en el marco de
las finalidades del Derecho Internacional.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba