El título de estado civil y su prueba

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

FEDERICO DE CASTRO (1) distingue, en el título de estado, tres sentidos: título de adquisición, título de legitimación y título probatorio.

Como título de adquisición es la causa, el hecho que lo fundamenta. Así, el ser hijo de españoles fundamenta la nacionalidad española del mismo; el matrimonio, el de casado (2).

Como título de legitimación es la acreditación o constancia del estado civil, sin tener que probar en cada caso el título de adquisición. El título de legitimación normal o preferente es el Registro civil; el subsidiario o complementario, la posesión de estado.

Como título probatorio, es el documento o documentos con los que se puede probar el estado civil. Así, una sentencia firme o el acta del matrimonio (3).

Partiendo de que el título de adquisición podría probarse caso por caso, a veces, con dificultad (el nacimiento generado por esta madre y padre, por ejemplo), interesa, en aras del principio de seguridad jurídica, que conste oficialmente el estado civil de cada persona, como título de legitimación, que es el Registro civil, en principio, que se forma con aquellos documentos que, como títulos probatorios, acceden al mismo.

El Registro civil constituye la prueba del estado civil de las personas (art. 327 C.c.) y si se mantiene que lo inscrito en falso o erróneo, el que lo alegue deberá probarlo.

Así, la prueba del estado civil se halla en las inscripciones o anotaciones relativas al mismo que constan en el Registro civil. A falta de tal medio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR