Los tipos de premios públicos culturales

AutorJuan David de la Torre Sotoca
Páginas45-52
CAPÍTULO IV
LOS TIPOS DE PREMIOS PÚBLICOS CULTURALES
IV.1. Antecedentes, evolución y situación actual
La implantación de los premios culturales otorgados por la Administración del
Estado, en el caso español, va unida al desarrollo y consolidación del Estado de Derecho
en el siglo xix y a la presencia de una Administración Pública cada vez más activa en
sus políticas de fomento. De hecho, alguno de los premios hoy vigentes —con ciertas
modulaciones como es el de Bibliografía Española— datan de ese siglo.
El proceso de creación ha sido desde entonces imparable si bien, desde la segunda
mitad del siglo xx, los premios de carácter cultural se habían ido configurando de
forma aislada hasta el punto de que no había un sustrato legal común y, por tanto, se
producía una considerable fragmentación normativa incluso para aquellos premios que
se calificaban como nacionales.
Tal proceso se vino a racionalizar y sistematizar en el año 1994 cuando se dictaron
dos disposiciones con rango de Orden, del entonces Ministro de Cultura, ambas de fecha
1 de junio, coetáneas por tanto, donde se vino a reconducir a dos los tipos de Premios
Culturales —salvando la persistencia de otros premios singulares como el Cervantes ya
existente—. Por un lado, un conjunto de premios, que se autocalificaban formalmente
como «concursos», y que se orientaban al reconocimiento del mérito a determinadas
actividades culturales. Por otro lado, el conjunto de los Premios Nacionales donde tras
enumerarse los integrantes se especificaba un régimen común aplicable. Sin duda, tal
proceso codificador vino a ser provechoso por cuanto suponía de reconducción a dos
regímenes la pluralidad de premios creados en momentos históricos bien diferentes y
con regímenes, incluso entre los de la misma categoría, distintos.
Se deducía de esta nueva regulación un tratamiento ya diferenciado que en parte
es germen de la actual situación. De una parte, se hablaba de premios en régimen de
concurso aunque ello no suponía que se sujetarán en modo alguno a la normativa de
contratación sino que tal denominación lo era para subrayar un componente de concu-
rrencia que obligaba a valorar sobre criterios objetivos. Tal componente entronca con

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