Análisis de los premios culturales singulares

AutorJuan David de la Torre Sotoca
Páginas143-167
CAPÍTULO VII
ANÁLISIS DE LOS PREMIOS CULTURALES SINGULARES
VII.1. Consideraciones generales
VII.1.a. Premios no subvención
Hay un conjunto de premios que no se asimilan a la categoría de Premios Nacio-
nales pero que sin embargo tienen en algunos casos, si cabe, un mayor prestigio y
significación que estos.
Nos referimos en esencia a los Premios de literatura en lengua Castellana «Miguel de
Cervantes» y el Premio Velázquez de las Artes Plásticas. Tangencialmente abordaremos
otros premios con tratamiento diferenciado de los Premios Nacionales.
En todos ellos hay un denominador común cual es el de tratarse de premios que
no son a solicitud del beneficiario y, en consecuencia, le son de aplicación todas las
singularidades ya comentadas cuando se aludió al régimen jurídico de los premios de
esta índole en apartados anteriores, tanto en lo que se refiere a los aspectos de legalidad
administrativa como de legalidad financiera.
VII.1.b. Justificación al tratamiento diferenciado respecto a los Premios Nacionales
El hecho de que no queden encuadrados en la regulación general de los Premios
Nacionales obedece a razones bien distintas.
Por el momento de creación. En unos casos se trata de premios cuya creación
pudiera ser, solo en el caso del Premio Cervantes, anterior a la de los Premios
Nacionales. Ahora bien esta circunstancia no ha sido obstáculo para que,
como en otros casos de Premios Nacionales preexistentes, se incorporaran a
la regulación general.
Por la consideración solo como candidatos en función de la trayectoria
profesional. Por tanto es hecho diferencial entre ambas categorías el que en
estos solo se premia la trayectoria profesional mientras que en los nacionales
preferentemente se recompensa la actividad concreta en un periodo temporal
premios culturales públicos
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determinado, y solo excepcionalmente, y de forma motivada, van destinados
a reconocer la trayectoria.
Por la exigencia de que la convocatoria anual de los respectivos Premios se
lleve a cabo a través de Orden del Ministro sin habilitar a que lo sean a través
de Resolución de los Directores Generales o Presidentes de Organismos.
El extraordinario prestigio que se pretende asignar, incluso por encima de los
Premios Nacionales, y que se trasluce tanto por la mayor importancia económica
(cuenta con una significativa mayor dotación que el resto), como por el mayor
rango formal o «ad solemnitatem» que se asocia a estos Premios, derivado
de multitud de aspectos (desde la convocatoria que exige Orden ministerial,
pasando por la mayor representatividad de los Jurados o las solemnidades de
los actos de entrega de premios).
Hay sin embargo un hecho que les diferencia en esencia respecto a los Premios
Nacionales que es la circunstancia del carácter internacional que se entiende
es consustancial a los Premios Miguel de Cervantes y Velázquez. Este carácter
internacional se proyecta fundamentalmente en dos direcciones: la composición
del Jurado y la nacionalidad de los beneficiarios.
En cualquier caso, el legislador ha optado por mantener un régimen legal singular
a este conjunto de premios, lo que lleva a que gocen de un marco regulador distinto al
de los Premios Nacionales. El resultado de ello es que se ha llegado a una considerable
fragmentación normativa en la materia de los premios culturales que se traduce no ya
solo en la diversidad de normas reguladoras sino en la extensión, intensidad y contenido
de su regulación. A ello nos vamos a dedicar a continuación.
VII.2. El premio de literatura en lengua castellana «Miguel de Cer-
vantes»
VII.2.a. Consideraciones generales. Antecedentes y evolución
El premio de Literatura en lengua castellana «Miguel de Cervantes» fue creado
en el año 1949 pero, aunque se ha mantenido su denominación inicial, ha cambiado
su objeto ya que primeramente se circunscribía a una obra, o lo que en términos de
la Orden de 25 de enero de 1949 llamaba «mejor novela editada en castellano en
cualquier país de lengua española». Subyacían en la creación dos características a
significar; una era el carácter internacional, en la medida en que se admitía que el
premio lo fuera a una novela editada en cualquier país y sin condicionarlo a que
el autor fuera español —aspecto este que perdura a día de hoy—; y otra es que el
objeto no era la trayectoria profesional sino una novela editada en un marco tem-
poral concreto de un año —aspecto este que es contrario al que se desprende de la
configuración actual—.

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