SAP Murcia 291/2000, 14 de Septiembre de 2000
Ponente | JUAN MARTINEZ PEREZ |
ECLI | ES:APMU:2000:2381 |
Número de Recurso | 85/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 291/2000 |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 291 /2.000
Ilmos. Señores:
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
Dª MARÍA DEL PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a catorce de Septiembre de dos mil.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los autos de tercena de dominio seguidos por los trámites de juicio declarativo de menor cuantía en primera instancia en el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Murcia, con el núm. 505/99 , entre las partes: como actor en instancia y en esta alzada apelado, D. Juan Francisco , en ambas instancias representado por el Procurador
D. Francisco Javier Berenguer López siendo defendido por el Letrado D. Germán Balsalobre; y como demandadas, la mercantil COMPISCUA CONSTRUCCIONES, S.A., allanada en primera instancia; y la también mercantil CONSTRUCCIONES JOBECONS S.L., en esta alzada apelante, en ambas instancias representada por el Procurador D. José Julio Navarro Fuentes, siendo defendida en primera instancia por el Letrado D. Ángel García Santacruz y en el acto de vista de esta alzada por el Letrado D. Alberto Pérez Vigueras.
Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 1 de diciembre de 1.999, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Francisco Javier Berenguer López, en nombre y representación de D. Juan Francisco , contra Construcciones Jobecons S.L. y Compiscua Construcciones S.L., ejecutante y ejecutado, respectivamente, en el Juicio Ejecutivo núm. 552/97 de este Juzgado, debo declarar y declaro que las fincas registrales núm. NUM000 y NUM001 de la Sección 8 del Registro de la Propiedad núm. 2 de Murcia, cuya completa descripción consta en el fundamento primero de esta resolución, pertenecen a la actora, y en consecuencia, alzo el embargo decretado sobre las mismas, todo ello con imposición de costas a la codemandada Construcciones Jobecons, S.L."
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la entidad JOBECONS, S.L. siéndosele admitido en ambos efectos, y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos originales a esta Audiencia donde se formó el oportuno Rollo, compareciendo las partes indicadas en la calidad dicha, y previa instrucción de las mismas se celebró vista el día 14 de septiembre de 2.000 a cuyo acto asistieron los Letrados de las partes para solicitar: el Sr. Letrado de la parte apelante la revocación de la sentencia apelada, y el Sr letrado de la parte apelada, la confirmación de dicha sentencia y que se...
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