SAP Madrid 457/2006, 28 de Septiembre de 2006

PonenteCARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
ECLIES:APM:2006:7486
Número de Recurso139/2006
Número de Resolución457/2006
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00457/2006

Fecha: 28 de Septiembre de 2006

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 139/2006

Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

Apelante:Dª. Paula

PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Apelada: Dª. Frida

PROCURADOR: D. DOMINGO LAGO PATO

Autos: COGNICIÓN 196/2000

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 DE ARGANDA DEL REY

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a veintiocho de septiembre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de COGNICIÓN 196/2000, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 de ARGANDA DEL REY, a los que ha correspondido el Rollo 139/2006, en los que aparece como parte apelante: Dª. Paula, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, y como apelada: Dª. Frida representada por el procurador D. DOMINGO LAGO PATO, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 196/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 de los de Arganda del Rey, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Jesús López Chacón, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Arganda, se dictó sentencia con fecha 13 de Octubre de 2004, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Doña Frida, representado por el Procurador Don Enrique Miranda Monsalvo Contra Doña Paula, debo efectuar y efectuó los siguientes pronunciamientos:

  1. ) Declarar resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en el nº. 43 de la Avenida del Ejército de la localidad de Arganda del Rey propiedad de la actora por cesión inconsentida a la Sra. Paula.

  2. ) Condenar a la referida demandada y a sus hijos a desalojar la vivienda y dejarla a disposición de la actora con apercibimiento de lanzamiento en caso de no hacerlo dentro del plazo legal.

  3. ) Todo ello con expresa condena en costas a la demandada."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, el Procurador Sr. D. Luis Herminio Rodríguez San Quirico, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 27 de Septiembre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora ejercitó acción de resolución de contrato de arrendamiento por cesión inconsentida contra el inquilino y su hija porque entendió que se había producido esa causa de extinción contractual cuando el arrendatario permitió a su hija y nietos que se fueran a vivir con él en el momento de separarse aquélla de su esposo. En el curso del procedimiento se produjo el fallecimiento del arrendatario demandado, siguiendo el proceso únicamente contra su hija.

La sentencia de primera instancia entendió que se había producido cesión inconsentida y estimó la demanda.

Apela la parte demandada alegando que hasta su fallecimiento el padre de la Sra. Paula fue el arrendatario de la...

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