Técnicas de reproducción asistida

AutorEleonora Lamm
Páginas195-247
© Editorial UOC Capítulo V. Técnicas de reproducción asistida
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Capítulo V
Técnicas de reproducción asistida
Eleonora Lamm
1. El elemento volitivo en la filiación derivada de
las técnicas de reproducción asistida
Los progresos científicos y tecnológicos han producido
importantes modificaciones en materia de filiación. Las técnicas
de reproducción asistida (en adelante, TRA) han generado lo que
se conoce como «revolución reproductiva» porque estas técnicas
separan la reproducción humana de la sexualidad; y esta separa-
ción entre el fenómeno reproductor humano y el ejercicio de la
sexualidad viene a plantear una problemática que desborda las
estructuras jurídicas existentes y actúa como el punto de partida
para un gran número de cambios.
Como primera observación, podemos decir que esta reproduc-
ción sin sexo que posibilita las TRA ha ampliado los tipos de fami-
lia. Las TRA permiten ser padres o madres a quienes no podían
serlo; habilitan paternidades o maternidades inconcebibles o impo-
sibles años atrás, tales como la maternidad de mujeres estériles, la
paternidad de hombres estériles, la maternidad sin paternidad, la
paternidad sin maternidad, la paternidad o maternidad de ambos
miembros de una pareja homosexual o de personas trans, incluso
posibilitan la maternidad de mujeres a edades muy avanzadas.
Además, las técnicas reproductivas han abierto las puertas a una
planificación de la reproducción que permite evitar la transmisión
de enfermedades congénitas, decidir el momento en el que se quie-
re tener hijos, el sexo de los mismos, etc.
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Incluso recientes avances en materia de donación de ADN
mitocondrial, gametos artificiales o trasplantes de útero per-
miten también profundizar los cuestionamientos acerca de qué
se entiende por maternidad o paternidad, como veremos en el
desarrollo de este capitulo.
Concretamente hoy podemos afirmar que las TRA han modi-
ficado las nociones tradicionales de maternidad y paternidad. En
lo que respecta a la maternidad, la máxima del derecho romano
mater semper certa est (la madre es siempre cierta) concluyó cuando
la ciencia posibilitó que la mujer que lleva a cabo la gestación y
el parto sea diferente a quien aportó los óvulos con los que el
embrión se creó en los casos de ovodonación o de gestación por
sustitución. Incluso puede presentarse que quien gesta y da a luz
no sea una mujer, y por ende no sea madre, sino padre. O que
la gestación sea en favor de dos padres o un padre solo. En lo
que respecta a la paternidad, hasta la aparición de las TRA esta
estuvo presidida por presunciones iuris tantum (de paternidad
por parte del marido de la madre) y por la prevalencia del dato
genético, elemento determinante. Sin embargo, cuando el punto
de mira se presta a las relaciones de paternidad concebidas con
ayuda de la ciencia, veremos que esa teoría no solo se derrumba
sino que se niega, y se apuesta por la importancia de la voluntad
procreacional, tomada como elemento irrefutable del concepto
de paternidad que se sobrepone a cualquier vínculo de sangre.
Sin perjuicio de que también puede suceder que quien aporta
semen no sea madre, con lo que se cuestiona aún más el anda-
miaje biologicista o genético.
En definitiva, las TRA han introducido cambios sustanciales que
inciden directamente sobre el sentido de la regulación de la filiación.
Gracias a los avances científicos, maternidad y paternidad
dejan de considerarse una relación de filiación basada en un
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puro reduccionismo geneticista o biológico; por el contrario,
se impone el establecimiento de una realidad no genética, sino
socio-afectiva determinada por la aportación del elemento voliti-
vo: la voluntad procreacional, lo que también genera un recues-
tionamiento de los roles.
1.1. La voluntad procreacional
Como todos sabemos, antes de la aparición de las TRA solo
existía la procreación por medios naturales a través del coito.
Quien dejaba embarazada a la mujer era necesariamente la misma
persona que aportaba el material genético; además, la mujer que
gestaba el niño —que era siempre mujer— lo hacía siempre con
óvulos propios. Es decir, el elemento genético, el biológico y el
volitivo, en general, coincidían en una misma persona. Decimos
«en general» porque puede que ese hombre no haya deseado
tener ese niño; independientemente de su falta de voluntad, la
paternidad se le atribuía en virtud de haber aportado el material
biológico, siempre determinante.
Con las técnicas de reproducción humana asistida, quien apor-
ta el elemento genético puede no ser la misma persona que apor-
ta el elemento biológico o el volitivo. En otras palabras, las TRA
provocan la disociación del elemento genético y del elemento
volitivo en el nacimiento del ser humano, dado que la aplicación
de aquellas técnicas posibilitan que el nuevo ser esté dotado de
un patrimonio genético correspondiente a distintas personas
que no resultan ser sus padres o madres formales (aquellos que
jurídica y socialmente asumen dicha función). Y entonces nos
preguntamos: ¿quién es el padre/madre?, ¿el donante que aportó
material genético o el que quiso tener el niño?

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