STSJ Comunidad Valenciana 1757/2008, 29 de Mayo de 2008

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2008:3141
Número de Recurso2171/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1757/2008
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

1757/2008

2

Rec.c/sent.nº 2171/2007

Recurso contra Sentencia núm. 2171/2007

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilam. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintinueve de mayo de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1757/2008

En el Recurso de Suplicación núm. 2171/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de Marzo de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Siete de Alicante, en los autos núm. 841/06, seguidos sobre Desempleo, a instancia de D. Fermín, asistido de la Letrada Dª. Macarena Asensio Rosser, contra SPEE, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13 de Marzo de 2007, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda formulada por D. Fermín frente al Instituto Nacional de Empleo (hoy, Servicio Publico de Empleo Estatal) debo absolver y absuelvo a la entidad gestora demandada de las pretensiones deducidas en su contra en demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El actor D. Fermín, nacido en 07-01-1962, esta afiliado a la Seguridad Social, con el número: NUM000. Solicitó subsidio por desempleo alta inicial, por excarcelamiento, petición que le fue reconocida por el INEM (hoy Servicio Público de Empleo Estatal), con efectos 07-04-05. SEGUNDO. El Servicio Público de Empleo Estatal notificó al actor en 05-06- 06 la percepción indebida de la prestación por desempleo, por la cuantía de 4.430,26 €, correspondiente al periodo: 07-04-05 a 06-04-06, por incumplimiento de la obligación de solicitar la baja en la percepción del desempleo al dejar de reunir los requisitos para ser beneficiario como consecuencia de percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social o superar con su cuantía el porcentaje que determina la carencia de renta, así como la propuesta de extinción de sus prestaciones por desempleo, concediéndole el plazo de 15 días para alegaciones, que efectuó el demandante dentro del plazo de referencia, si bien, no realizó devolución alguna. TERCERO.- Por resolución de 10-07-06, notificada al actor en 18-07-06, el Servicio Público de Empleo Estatal declara la percepción indebida de prestaciones por desempleo en una cuantía de 4.430,26 €, correspondiente al periodo: 07-04-05 a 06-04-06, y, extingue la percepción del subsidio reconocido no pudiendo acceder a ninguna prestación o subsidio que pudiera corresponder por el agotamiento del derecho extinguido. CUARTO.- Disconforme el actor interpuso reclamación previa que ha sido desestimada por resolución del Servicio Público de Empleo Estatal de 26-09-06, alegando como causa que..." Por resolución de 10/07/06, se acordó la extinción del subsidio que venia percibiendo desde el 07/04/05, al ser incompatible con la prestación de incapacidad permanente total, a cargo de la Seguridad Social, con independencia de la cuantía de la misma (...) Que Ud no comunicó este hecho a esta Entidad Gestora, percibiendo indebidamente la cantidad de 4.430,26 euros correspondientes al periodo 07/04/05 al 06/04/06..." QUINTO.- El actor es preceptor desde 13-03-97 de una pensión de incapacidad permanente total para la profesión habitual, a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social, siendo la cuantía mensual para 2006 de 285,00 €, y, la cuantía anual para los ejercicios 2005, 2004 y 2003, respectivamente: 3.913,56 €; 3.756,62 €, y, 3.691,66 €. SEXTO.- El actor no comunicó al Servicio...

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