DECRETO 114/1999, de 25 de mayo, por el que se fijan las condiciones de venta y se establece la subvención para la adquisición de las viviendas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, acogidas a los Planes Canarios de Vivienda I y II, que fueron adjudicadas en régimen de alquiler.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería deObras Públicas, Vivienda y Aguas
Rango de LeyDecreto

La Ley 11/1989, de 13 de julio, de Viviendas para Canarias, establece en la Disposición Adicional Segunda que el Gobierno de Canarias favorecerá a sus adjudicatarios, el acceso a la propiedad de las viviendas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dando cumplimiento a dicha disposición se aprobaron los Decretos 34/1995, de 24 de febrero y 12/1996, de 26 de enero, por los que se posibilitaba a los adjudicatarios de viviendas construidas con anterioridad a la vigencia del I Plan Canario de Vivienda, y cedidas en régimen de alquiler, la compra de las mismas, con una subvención del 50% de su valor.

Estando en fase de finalización el cumplimiento de los objetivos previstos en los citados Decretos, procede continuar con el mandato establecido por la Ley 11/1989, de 13 de julio, en orden a favorecer el acceso a la propiedad, respecto a las viviendas acogidas a los Planes Canarios de Vivienda I y II (1988-1991 y 1992-1995, respectivamente), en régimen de alquiler, determinándose la subvención para la adquisición de las mismas en análogo porcentaje al fijado en los citados Decretos, a fin de obtener un precio más acorde con la capacidad económica de sus adjudicatarios, para lo cual, además, se precisa la ampliación de la vigencia de los contratos de alquiler, que en la actualidad se encuentran en fase de finalización.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 25 de mayo de 1999,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Objeto.

Es objeto del presente Decreto determinar las condiciones en que las viviendas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, acogidas a los Planes Canarios de Vivienda I y II, y que fueron entregadas a sus adjudicatarios en régimen de alquiler, puedan ser ofrecidas en venta a los mismos, estableciendo la opción de compra, la ampliación de la vigencia de los contratos de arrendamiento y las subvenciones para su adquisición.

Artículo 2.- Opción de compra.

Los adjudicatarios de las viviendas afectadas por el presente Decreto, habrán de formalizar la opción de compra, así como solicitar la ampliación de la vigencia de los contratos de arrendamiento hasta el momento en que se formalice la correspondiente escritura de compra-venta, lo que se hará constar en anexo de los referidos contratos.

Las solicitudes para optar a lo...

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