Los sistemas mayoritarios

AutorJuan Magín San Segundo Manuel
Páginas203-220
203
Capítulo 11
Los sistemas mayoritarios
Los sistemas mayoritarios, de entrada, cabe dividirlos en dos grupos: sis-
temas mayoritarios plurinominales o de lista y sistemas mayoritarios uninomi-
nales. Estos últimos son más frecuentes. Así, este tipo de sistema electoral es el
que existe en el Reino Unido, EEUU, Canadá, Japón y Nueva Zelanda.
1. EL MODELO BRITÁNICO
Este análisis del sistema electoral del Reino Unido se centra en la Cá-
mara Baja, pues, además de la menor relevancia de la Cámara Alta, el pre-
sente Estudio se circunscribe las cámaras bajas y a las cámaras únicas.
El sistema electoral británico es único dentro de los Estados de la
UE;334 el mismo consiste grosso modo en un sistema mayoritario simple, en
el que no es necesaria la mayoría absoluta, de modo que se vota a una sola
vuelta en los distritos uninominales –en los cuales se divide el país–. El dis-
trito tiene aproximadamente unos 80.000 electores. En cada distrito elige
un solo representante (the winner takes all), por lo que coinciden el número
de los escaños con el de distritos, esto es 650.335
334 Dirección General de Estudios del Parlamento Europeo, Impacto diferencial de los
sistemas electorales en la representación política femenina, Documento de trabajo, Serie
derechos de la mujer, W-10, Ed. Parlamento Europeo, marzo 1997.
335 http://www.parliament.uk/business/commons/ [Consulta: 10/05/2015].
EL SISTEMA ELECTORAL: UNA REFORMA OBLIGADA JUAN MAGÍN SAN SEGUNDO MANUEL204
Charles Benoist sintetizaba perfectamente el principio mayoritario,
mediante la siguiente manifestación: «la mitad de los votos más uno es todo, la
mitad de los votos menos uno no es nada».336
Según la concepción de Duverger (bien es cierto que nada pacíca en
la doctrina), este tipo de sistema electoral anglosajón habría determinado
su bipartidismo.337 Aunque el mismo autor efectuaría ciertas matizaciones
como la de que no es fácil especicar exactamente cuando existe un bipar-
tidismo y cuando un multipartidismo. Así, por ejemplo, en este país, entre
1918 y 1935, el pueblo estaba dividido en tres partidos políticos (conserva-
dores, liberales y laboristas).
Sin perjuicio de lo anterior, la tendencia general hacia el bipartidismo
del RU a lo largo de su historia es clara. En el pasado fueron los conser-
vadores y los liberales. Posteriormente surge el laborismo, concretamente a
principios del siglo XX, y se ha ido reduciendo correlativamente el peso del
liberalismo.338
En líneas generales, entre las ventajas que se aducen de este modelo,
se encuentra, el que posibilita una estabilidad gubernamental, la cual se ob-
serva fácilmente. Incluso es frecuente que el Gobierno goce de la mayoría
absoluta de la Cámara Baja.
Otra de dichas ventajas consiste en que se posibilita una mayor cerca-
nía del elector con el representante, pues existe un contacto directo con este,
a quien se le realizan peticiones. De hecho, ganar su escaño va a depender
de manera directa y efectiva de los votos de los electores de su correspon-
diente distrito. Por ello, no existe ese sometimiento tan intenso del dipu-
tado con respecto a su partido político o a su grupo parlamentario. De esta
forma, puede observarse la existencia de una libertad de crítica, la cual no
existe en los sistemas de lista proporcionales donde los disentimientos sue-
336 Conac, Gérard, «L’Evolution des idées en matière de représentation proportionne-
lle», en Ètudes e Droit contemporain, Ed. Cujas, París, Francia, 1973, p. 427.
337 Duverger, Maurice, Los partidos políticos, México D.F., Ed. Fondo de Cultura Eco-
nómica, 1957, p. 245.
338 Ibidem, pp. 236-237.

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