Contradicciones del sistema electoral español con el Derecho comparado

AutorJuan Magín San Segundo Manuel
Páginas153-164
153
Capítulo 7
Contradicciones del sistema electoral
español con el Derecho comparado
El Derecho comparado más avanzado ofrece igualmente aportacio-
nes fundamentales que deberían tenerse en cuenta de cara a introducir po-
sibles mejoras en nuestro sistema electoral.
Una característica importante de los sistemas electorales, que se rei-
tera en los países europeos, ha sido observada por expertos como Nohlen y
se relaciona con el hecho de que prácticamente la mayoría de esos países ha
ido repitiendo su respectivo sistema electoral desde el reconocimiento del
sufragio universal y la democracia de masas (dejando a un lado Francia, que
ha oscilado entre el sistema electoral mayoritario y el proporcional). En este
sentido, incluso países como la RFA e Italia recuperarían en cierta medida
«su» sistema electoral tras la II Guerra Mundial.227
Otro rasgo de los sistemas electorales se reere a la tendencia his-
tórica general a la homogeneización de los modelos electorales, tanto los
locales como los del poder central, que existen en el seno de cada Estado
compuesto.228
227 Nohlen, Dieter, «Los sistemas electorales entre la ciencia y la cción», Revista de
Estudios Políticos, n. 42, 1984, pp. 7 y ss.
228 Esta es una de las conclusiones fundamentales de Gavara de Cara, Juan Carlos y
Vallés Vives, Frances, en su obra Los regímenes electorales territoriales en los Estados
compuestos. Alemania, Estados Unidos e Italia, Congreso de los Diputados, Madrid,
2007. Igualmente pude verse tal tesis en Gavara de Cara, Juan Carlos, La homoge-

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