Aportaciones del sistema electoral de representación proporcional personalizado o de doble voto

AutorJuan Magín San Segundo Manuel
Páginas173-191
173
Capítulo 9
Aportaciones del sistema electoral
de representación proporcional
personalizado o de doble voto
1. ASPECTOS GENERALES
Dentro de las propuestas de reforma del sistema electoral, una de las
que se han reiterado –tanto por la doctrina, como desde otros ámbitos–, es
la que se reere a la posibilidad de adoptar el sistema electoral de Alemania,
el cual se implantó como consecuencia de dos reformas electorales en ese
país: en 1953 y 1956. El sistema establecido supone la posibilidad de dar al
votante un mayor peso en su participación política, especialmente a la hora
de nominar a sus representantes.
Tal sistema se calica como proporcional personalizado, consiste en
una doble votación, de forma que uno de los votos, el primero (Erststimme),
es personal y se destina a un diputado en la respectiva circunscripción uni-
nominal, mientras que el segundo voto (Zweitstimme) es de tipo proporcio-
nal y se dirige a la elección de una lista de un partido en un Land, siendo
el resultado –desde un punto de vista cuantitativo–, proporcional. Las listas
son cerradas y bloqueadas, en el nivel del Estado Federal.270 Este modelo
270 Georey, Roberts, German electoral politics, Manchester University Press, 2006, p.14.
174 EL SISTEMA ELECTORAL: UNA REFORMA OBLIGADA JUAN MAGÍN SAN SEGUNDO MANUEL
electoral supone que el número de representantes del Bundestag (Dieta Fe-
deral o Congreso) se forma con la suma de ambas clases de votos de cada
candidatura, que suelen coincidir (exceptuando los que se han venido co-
nociendo como escaños adicionales). En denitiva –dejando a salvo algu-
na excepción como acontecía con dichos escaños adicionales y, sobre todo,
a la barrera electoral–, el resultado es el de un sistema proporcional, con la
característica de que se suma un porcentaje de diputados concretos que se
eligen nominalmente por voto directo o personal en sus respectivas circuns-
cripciones, cuando gane el correspondiente candidato en su circunscripción
electoral mediante el voto directo.
Gráfico 4. Papeleta de doble voto en la RFA

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