SAP Cantabria 76/2007, 18 de Enero de 2007

PonenteJOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
ECLIES:APS:2007:298
Número de Recurso346/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución76/2007
Fecha de Resolución18 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

SANTANDER

SENTENCIA: 00076/2007

ROLLO NUM. 346/06

S E N T E N C I A NUM. 76/07

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

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En la Ciudad de Santander, a dieciocho de enero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Ordinario 257/04, Rollo de Sala núm. 346/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº dos de Torrelavega.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante doña Yolanda y D. Pedro Jesús, representado por el Procurador Sr. Ruiz Sierra, y defendido por el Letrado Sra. García Corona; y parte apelada doña Carmela, representado por el Procurador Sr. Alonso-Villalobos, y defendido por el Letrado Sra. Pelayo Mesones.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torrelavega, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 3 de febrero de 2006 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pelayo Díaz, en representación de Dª Carmela, contra Dª Yolanda y Pedro Jesús, debo declarar y declaro:

  1. - Que la finca de la actora se encuentra enclavada entre otras ajena, sin otra salida a camino público más que peonilmente por el sur-oeste, a través de una pequeña franja de terreno, de 1,10 metros de anchura y 14,15 metros de longitud, situada al sur de la finca de los demandados, que no permite acceso alguno con vehículos a motor.

  2. - Constituida servidumbre de paso a favor de la finca de la actora, con carácter permanente, de las características y dimensiones que basten a las necesidades del inmueble de la actora, que grava la franja de terreno situada en la finca de los demandados, y a su viento sur, y hasta llegar a la carretera vecinal, ampliando el paso hasta los tres metros de anchura, ocupando una extensión superficial de 17,57 metros cuadrados de superficie, en la forma que aparece reflejado en el plano del perito Sr. Julián adjunto al folio 125 de las actuaciones, fijándose la indemnización a favor de los titulares dominicales de la heredad sirviente en la cantidad de 2.359,64 euros, que habrá de abonar la actora con carácter previo a la constitución del gravamen; condenando a los demandados dueños de la finca gravada a estar y pasar por estas declaraciones; Y todo ello con expresa imposición a los demandados de las costas procesales.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no...

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