SAP Cuenca 66/2008, 1 de Abril de 2008
Ponente | ANTONIO DIAZ DELGADO |
ECLI | ES:APCU:2008:115 |
Número de Recurso | 197/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 66/2008 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00066/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE CUENCA
APELACION CIVIL Nº 197/2007
JUICIO VERBAL 92/2007
Juzgado de Primera Instancia nº2
De SAN CLEMENTE
SENTENCIA Nº66/2008
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE
SR. Antonio Díaz Delgado
MAGISTRADOS:
SR. PUENTE SEGURA
SRA. VICENTE DE GREGORIO
En Cuenca, a 1 de abril de dos mil ocho.
Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación, los autos del Juicio Verbal nº 92/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Clemente, promovidos a instancia de D. Aurelio, representado por la Procuradora Sra. Cepeda Risueño y bajo asistencia letrada de la Sr. Martínez Martí, contra D. Blas, D. Luis Carlos Y Dª. María Inés, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Sánchez Chacón, bajo asistencia letrada del Sr. Martínez Martínez; en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha veintitrés de mayo de dos mil siete, y habiendo sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Antonio Díaz Delgado.
Se aceptan los de la sentencia recurrida en cuanto no se opongan a los recogidos en la presente resolución.
En los autos indicados al margen, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Clemente se dictó sentencia de fecha 23 de mayo de 2007, cuyo Fallo es del siguiente teno r literal: " Que estimando la demanda promovida por la Procuradora Sra. Mañas Pozuelo, en nombre y representación de D. Aurelio contra D. Blas, D. Luis Carlos y Dª. María Inés, debo declarar y declaro que la finca de la parte demandante descrita en el primero de los fundamentos de la presente resolución ostenta un derecho de servidumbre de paso como predio dominante por resultar una porción del predio dominante originario, constituyéndose físicamente la misma dentro de las fincas propiedad de los demandados, igualmente señaladas en el mismo fundamento de ésta resolución, de forma que discurriendo desde la parcela catastral NUM000, pasando por la NUM001 y la NUM002, llegue hasta la NUM003 propiedad del actor, y ello por la parte que linda con las parcelas NUM004, NUM005, NUM006, NUM007, NUM008 y NUM009, con una anchura de tres metros, con expresa imposición a la parte demandada del pago de las costas procesales causadas en el presente proceso".
Notificada la anterior resolución a las partes, por el Procurador Sr. Sánchez Chacón en nombre y representación de D. Blas, D. Luis Carlos Y Dª María Inés se preparó e interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación contra la sentencia reseñada.
Admitido a trámite el recurso de apelación y efectuando el traslado a la contraparte, por la Procuradora Sra. Cepeda Risueño Procuradora de los Tribunales y de D. Aurelio presentó en fecha 30 de julio de 2007 escrito de oposición al recurso interpuesto.
Por el Juzgado de Instancia se dictó providencia, de fecha cinco de septiembre de dos mil siete teniendo por formalizado el trámite de oposición al recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Audiencia Provincial para la resolución del mismo,...
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