SAP Barcelona 28/2004, 28 de Enero de 2004
Ponente | INMACULADA ZAPATA CAMACHO |
ECLI | ES:APB:2004:990 |
Número de Recurso | 63/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 28/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
D. JORDI SEGUÍ PUNTASDª. Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHOD. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECISEIS
ROLLO Nº 63/2003-B
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 102/2001
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE SANT FELIU DE LLOBREGAT
S E N T E N C I A N ú m. 28
Ilmos. Sres.
D./Dª. JORDI SEGUÍ PUNTAS
D./Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO
D./Dª. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de enero de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 102/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Feliu de Llobregat, a instancia de D/Dª. Carlos María , contra FUERZAS ELECTRICAS DE CATALUNYA, S.A. (FECSA); los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de Octubre de 2.002, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando la demanda interpuesta por don Carlos María , representado por la procuradora Doña Teresa Martí Amigo, contra la entidad Fecsa Enher S.A., representada por el procurador don Pere Martí Gellida, absuelvo en la instancia a dicha entidad demandada sin entrar a conocer del fondo del asunto, con imposición a la parte actora de las costas causadas."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 13 de Enero de 2.004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.
Insiste D. Carlos María en el escrito de interposición del presente recurso en que las dos torres metálicas de transporte de energía eléctrica que aparecen en las fotografías aportadas al folio 20 de los autos, instaladas por Fecsa-Enher SA en sustitución de los postes de madera preexistentes, se encuentran en la finca de su propiedad " DIRECCION000 ", sita en La Palma de Cervelló, emplazando dichas torres en los puntos marcados en el plano catastral aportado con la demanda al folio 19, esto es, en el interior de las parcelas catastrales números NUM000 y NUM001 del polígono nº NUM002 de rústica, parcelas que en efecto pertenecen al ahora apelante como se justifica mediante los certificados del Ayuntamiento y de la Gerencia Territorial del Catastro unidos a los folios 65 y 70 a 107. Pues bien, frente a tan concreta localización, la entidad demandada en el escrito de contestación se limitó a argumentar que, según había sido informada por el Ayuntamiento y los vecinos de la zona, las torres no se encuentran en la propiedad del ahora apelante sino en terreno del fallecido D. Marcos , con quien dice Fecsa-Enher alcanzó un acuerdo previo que no consta documentado y que ni siquiera se detalla. Es lo cierto que semejante alegación únicamente fue ratificada y sólo en parte por un hijo de aquél, D. Serafin , que declaró como testigo en el pleito y que se limitó a afirmar que los lindes de las respectivas fincas no están definidos y, sin poder reconocer las fotos acompañadas con la demanda, que creía que el terreno donde...
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