SAP Badajoz 198/2008, 9 de Septiembre de 2008
Ponente | ISIDORO SANCHEZ UGENA |
ECLI | ES:APBA:2008:585 |
Número de Recurso | 351/2008 |
Número de Resolución | 198/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm.198/08
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000351 /2008
Ilmos. Sres. Magistrados:
D.ISIDORO SÁNCHEZ UGENA
D.CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO
D.FERNANDO PAUMARD COLLADO
En BADAJOZ, a nueve de Septiembre de dos mil ocho.
La Sección 002 de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000862 /2007 del JDO.DE 1A INSTANCIA N. 3 de BADAJOZ seguido entre partes, de una como apelante Olga , representado por el/la Procurador/a Sr/a PEREZ PAVO y defendido por el/la Letrado/a Sr/a.FAUSTINO RUBIO MARTIN , y de otra, como apelado CLINICA LABOSER-CELIA IRADIER BARRIO S.L., representado por el/la Procurador/a Sr/a.CABEZA ALBARCA y defendido por el/la Letrado/a Sr/a.UGALDE ORTIZ; y a AGRUPACION MUTUAL A SEGURADORA representada por el Procurador Sr.ALMEIDA LORENCES y defendido por el Letrado Sr.GALLARDO MUSLERA , y siendo ponente el Iltmo. Sr. D. ISIDORO SÁNCHEZ UGENA.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 3 de BADAJOZ, por el mismo se dictó sentencia con fecha 21-2-08 , cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pérez Pavo, en nombre y representación de Olga , contra la clínica Laboser-Celia Iradier Barrio, S.L. y la entidad Agrupación Mutual Aseguradora (AMA) , DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a las demandadas de los pedimentos efectuados en su contra en los presentes autos".
Notificada dicha resolución a las partes, por Olga se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su oposición o impugnación y verificado se remitieron los autos a este Tribunal conemplazamiento de las partes, donde se formó el rollo de Sala que fue seguido por sus trámites, .
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D.ISIDORO SÁNCHEZ UGENA.
En primer lugar afirma la recurrente que la juzgadora a quo ha incurrido en error en la valoración de la prueba en lo que se refiere a la fecha en la que la misma recogió en la clínica demandada los resultados del análisis de sangre encargado el día 23-9-06.
La sentencia recurrida en modo alguno incurre en error...
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