STSJ Comunidad Valenciana , 13 de Mayo de 2003

PonenteMARIA MERCEDES BORONAT TORMO
ECLIES:TSJCV:2003:3944
Número de Recurso1045/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

3 R.C. Auto 1045/03 Recurso contra Auto núm. 1045/2003 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Iltmo Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a trece de Mayo de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2057/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 1045/03, interpuesto contra el auto de fecha 3 de Enero de 2003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Castellón, en los autos núm. 241/02, seguidos sobre Despido, a instancia de Gabriel , asistido del Letrado Jose A. Ruiz, contra TALLERES CALMONT S.L., asistido del Letrado Santiago Beltran, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha de 4 de julio del 2002 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Social Uno de Castellón por la que se declaraba el despido improcedente de D Gabriel realizado por la empresa Talleres Calmont,S.L., condenando a ésta última a que a su opción le readmitiera o indemnizara en cuantía de 19.262,11 euros, con abono en ambos casos de los salarios de tramitación. Notificada la sentencia a la empresa, ésta efectuó su opción por la readmisión en tiempo y forma, por lo que así se hizo constar en providencia de 10.9.02 SEGUNDO.- La parte actora por escrito de fecha 23.7.02 solicitó la ejecución de la sentencia, manifestando desconocer la opción de la empresa, que no le había dicho nada sobre la readmisión, por lo que solicitaba la extinción de la relación laboral, lo que reiteró en fecha 19.9.02 TERCERO.- Señalada comparecencia por el Juzgado para el 15-10.02 en ella expresaron las partes sus respectivos razonamientos, y en fecha 19.11.02 se dictó auto declarando extinguida la relación laboral , condenando a la empresa a satisfacer al trabajador determinadas cantidades como indemnización y salarios de tramitación. Dicha resolución fue recurrida en reposición, y dictado nuevo auto de rechazo del recurso, de fecha 3 de enero del 2003, que constituye el objeto del presente recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra el auto declarando la extinción de la relación laboral y condenando a la empresa a las consecuencias económicas derivadas de ello, recurre la condenada a través de dos motivos de suplicación, amparados ambos en el apartado c) del art. 191 de la LPL En primer lugar, alega que la resolución de la instancia ha...

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