SAP Madrid 191/2008, 17 de Abril de 2008

PonenteLUCIA MARIA TORROJA RIBERA
ECLIES:APM:2008:4462
Número de Recurso118/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución191/2008
Fecha de Resolución17 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Cel

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 118 /2008

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 429 /2007

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 26 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 191/08

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTE D. LUIS ANTONIO MARTINEZ DE SALINAS ALONSO

MAGISTRADA DÑA. LUCIA MARIA TORROJA RIBERA

MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA

En MADRID, a ocho de Abril de dos mil ocho.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL, contra la Sentencia de fecha 22/02/08 dictada en el Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid.

Ha actuado como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª LUCIA MARIA TORROJA RIBERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 22/02/08, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO:Que DEBO CONDENAR Y CONDENO A Miguel como autor de un delito intentado de robo con violencia, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de UN AÑO DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo para el tiempo de la condena a sustituirlo por la expulsión del territorio nacional en las condiciones del artículo 89.2 del CP y como autor de una falta del artículo 617.1 del Código Penal a la pena UN MES DE MULTA con una cuota diaria de tres euros, quedando sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y que indemnice a Casimiro en la cantidad de 120 euros y al pago de la mitad de las costas causadas.

Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Carlos Jesús del delito de robo con violencia intentado y de la falta de lesiones de artículo 617.1 del CP de que venía acusado y con declaración de oficio de las costas causadas‹.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Que el día 30/08/2007 hacia las 20:40 horas Carlos Jesús, mayor de edad y sin antecedentes penales y sin residencia legal en España, en el parque del Retiro se aproxima a Casimiro, que estaba sentado en un banco u le dice que se marche del lugar, a lo que éste se niega, tras ello, Miguel golpea a Casimiro quien repele la agresión pero Carlos Jesús le sujeta por detrás, lo que aprovecha Miguel con propósito de beneficiarse para quitarle el reloj de pulsera a Casimiro, así como la gorra que portaba; tras ello este último se zafa de Carlos Jesús, quien con Miguel se aleja a unos metros del lugar, pero sin que éste pudiera disponer del reloj y la gorra al ser detenido poco después por una dotación policial a la que dio aviso Casimiro y que, habiendo recuperado el reloj y la gorra le fueron devueltos por ésta. Por último, Casimiro sufrió lesiones de las que tardó en curar 4 días, no habiendo estado impedido para sus ocupaciones habituales, y con una primera asistencia‹.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho, solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 8/04/08.

No se admiten ni se dan por reproducidos los de la resolución recurrida, que habrán de ser sustituidos por los siguientes: Que sobre las 20'40 horas del día 30/08/07, Carlos Jesús, nacido en Nigeria, mayor de edad, sin antecedentes penales y en situación administrativa irregular en España y Miguel, mayor de edad, nacido en Guinea Bissau, sin antecedentes penales, y en situación administrativa irregular en España, se aproximaron a Casimiro, que se encontraba sentado en un banco en el Parque del Retiro de esta Capital y le dijeron que se marchase del lugar, a lo cual éste se negó, tras lo cual ambos acusados comenzaron a golpear a Casimiro, sujetándole en un momento dado Carlos Jesús por detrás y procediendo Miguel a quitarle el reloj y la gorra que portaba, tras lo cual Casimiro se dio a la fuga, dando aviso a efectivos de la Policía Nacional, que momentos después detuvo a ambos acusados, uno de los cuales arrojó al suelo, al percatarse de la presencia policial, el reloj y la gorra, que fueron devueltos a su propietario.

Casimiro sufrió como consecuencia de los hechos lesiones consistentes en tres escoriaciones de aproximadamente 0'5 cm de diámetro en la articulación interfalángica proximal del 4º dedo de la mano izquierda, escoriación de aproximadamente 3 cm de longitud en...

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