SAP Murcia 163/2007, 31 de Octubre de 2007

PonenteFRANCISCO CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2007:2307
Número de Recurso156/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución163/2007
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00163/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

S E N T E N C I A NÚM. 163 /2007.

ILMOS. SRES.

D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a treinta y uno de octubre del año dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido que por delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Dos de Murcia con el número 141/07, y antes en el Juzgado de Instrucción número Cuatro de Murcia como Diligencias Urgentes número 63/07 contra David (o también Ismael, habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como el acusado que lo hace como apelante, representado por la Procuradora Sra. Sevilla Flores y defendido por el Letrado Sr. Corbalán Maíquez, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 18 de abril de 2007 sentando como hechos probados los siguientes: "Que en Murcia, sobre las 4'00 horas del día 1 de abril de 2007, el causado, David, mayor de edad, con antecedentes penales por robo con fuerza en las cosas, quien carece de permiso de residencia en España, guiado por ánimo de enriquecerse ilícitamente, tras fracturar con una piedra el cristal de la puerta delantera izquierda del turismo Opel Corsa, matrícula ZI-....-ZC, que estaba estacionado en la Avenida Primero de Mayo, accedió a su interior. Al advertir pocos minutos después la llegada a dicho lugar de la patrulla del Cuerpo Nacional de Policía, integrada por los agentes con carnets profesionales número NUM000 y NUM001, que habían sido alertados por una llamada telefónica a la Sala del 091, el acusado salió precipitadamente del turismo y emprendió la huida a la carrera siendo perseguido y detenido instantes después, sin solución de continuidad, por los citados agentes en la calle Luis Fontes Pagán. Al ser detenido, se ocuparon al acusado una cartera conteniendo 73'75 euros, cuya propiedad no ha sido acreditada. La propiedad del turismo ha renunciado a cualquier indemnización que pudiera corresponderle por estos hechos".

SEGUNDO

Estimando el Juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos de delito, dictó el siguiente "FALLO: Condeno al acusado, David, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, asimismo definido, a las penas de nueve meses de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del juicio. Se acuerda que, una vez alcanzara firmeza esta resolución, sea sustituida la pena privativa de libertad impuesta por su expulsión del territorio...

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