STSJ Galicia , 26 de Julio de 2001
Ponente | RICARDO RON CURIEL |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:6033 |
Número de Recurso | 1118/2001 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2001 |
Emisor | Sala de lo Social |
DON JUAN LUIS GUISASOLA BUSTILLO, SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA.
DOY FE Y CERTIFICO: Que en el recurso de suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
Recurso núm. 1118/01 RMR ILMO. SR. D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE PRESIDENTE ILMO. SR. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL A Coruña, a veintiséis de julio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.
Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1118/01, interpuesto por Entidad Mercantil " DIRECCION000 ."
contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Ferrol, siendo
PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por D. Gerardo , Julián , Ramón , Jose Ignacio , Luis Angel , Juan Francisco , Ángel , Daniel , Gaspar y Lorenzo sobre sucesión de empresas, siendo demandado DIRECCION000 ., D. Salvador , D. Carlos Manuel (COMISARIO DE LA QUIEBRA), D. Juan Ignacio , D. Arturo , D. Ernesto (Síndicos de la Quiebra) y FOGASA, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 107/00 sentencia con fecha 19 de diciembre de 2000, por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- Probado que los demandantes prestaron sus servicios para la patronal Salvador , con las categorías, antigüedades y salarios siguientes: Gerardo : enólogo; 26/01/77; 392.700 ptas; Julián : oficial administrativo; 01/05/75; 261.000 ptas; Ramón : chófer 07/09/81; 103.600 ptas.- Jose Ignacio : Auxiliar administrativo; 01/06/79; 246.000 ptas.- Luis Angel : chófer 13/03/89; 89.600 ptas.- Juan Francisco : peón; 09/05/78; 103.600 ptas.- Ángel : peón 01/04/74; 112.200 ptas.- Daniel : peón; 18/10/82; 95.200 ptas.- Gaspar : peón; 23/09/77, 112.000 ptas.- Lorenzo : peón; 29/08/95; 78.400 ptas.-
La patronal Salvador fue declarada en situación de Quiebra Necesaria en virtud de Auto de fecha 26 de enero de 1998, por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de los Almendralejo, en autos seguidos bajo el n° 337/97. Por medio de resolución de fecha 25 de marzo de 1998, la Delegación Provincial de Ourense de la Consellería de Xustiza, Interior e Relacións Laborais aprobó un expediente de extinción de contratos que afectaba a trece de sus trabajadores, entre los que se encontraban los actores, que pasaron a situación de desempleo al día siguiente, 26 de marzo.- Al tratarse de una empresa de menos de 25 trabajadores, el Fondo de Garantía Salarial abonó a los trabajadores el 40% de la indemnización que, por la extinción, correspondía.- TERCERO.- Como la empresa demandada, Salvador adeudaba a los actores cantidades correspondientes a salarios y al 60% de la indemnización establecida para las extinciones contractuales, aquéllos promovieron la reclamación judicial oportuna que, turnada, fue conocida por el Juzgado de lo Social n° 3 de Ourense, Autos n° 251/98, el que por Sentencia de 8 de junio de 1998 condenó a dicha patronal al abono a los trabajadores de las cantidades y por los conceptos siguientes:
-
- Gerardo Febrero 98:375.000 ptas.
Marzo 98:312.501 ptas P.P. Julio 98:275.342 ptas P.P. Navidad:86.301 ptas P.P. vacaciones:86.301 ptas 60% Indemnización:2.700.000 ptas TOTAL:3.835.445 ptas 2.- Julián Febrero 98:225.000 ptas Marzo 98:187.500 ptas P.P. Julio 98:165.205 ptas P.P. Navidad:51.781 ptas P.P. vacaciones:51.781 ptas 60% Indemnización:1.879.200 ptas TOTAL:2.560.200 ptas 3.- Ramón Febrero 98:88.906 ptas Marzo 98:79.380 ptas P.P. Julio 98:69.941 ptas P.P. Navidad:21.922 ptas P.P. vacaciones:21.922 ptas 60% Indemnización:685.567 ptas
TOTAL:967.668 ptas 4.- Jose Ignacio Febrero 98:210.000 ptas Marzo 98:175.000 ptas P.P. Julio 98:154.192 ptas P.P. Navidad:48.329 ptas P.P. vacaciones:48.329 ptas 60% Indemnización:1.771.200 ptas TOTAL:2.407.050 ptas 5.- Luis Angel Febrero 98:76.205 ptas Marzo 98:68.040 ptas P.P. Julio 98:59.950 ptas P.P. Navidad:18.790 ptas P.P. vacaciones:18.790 ptas 60% Indemnización:645.120 ptas TOTAL:886.895 ptas 6.- Juan Francisco Febrero 98:88.906 ptas Marzo 98:79.380 ptas P.P. Julio 98:69 941 ptas P.P. Navidad:21.922 ptas P.P. vacaciones:21.922 ptas 60% Indemnización:745.920 ptas TOTAL:1.027.991 ptas 7.- Ángel Febrero 98:95.256 ptas Marzo 98:85.050 ptas P.P. Julio 98:74.937 ptas P.P. Navidad:23.488 ptas P.P. vacaciones:23.488 ptas
60% Indemnización:806.400 ptas TOTAL:1.108.619 ptas 8.- Daniel Febrero 98:82.555 ptas Marzo 98:73.710 ptas P.P. Julio 98:64.946 ptas P.P. Navidad:20.356 ptas P.P. vacaciones:20.356 ptas 60% Indemnización:587.726 ptas TOTAL:849.649 ptas 9.- Gaspar Febrero 98:95.256 ptas Marzo 98:85.050 ptas P.P. Julio 98:74.937 ptas P.P. Navidad:23.488 ptas P.P. vacaciones:23.488 ptas 60% Indemnización:806.400 ptas TOTAL:1.108.619 ptas 10.- Lorenzo Febrero 98:66.679 ptas Marzo 98:59.535 ptas.
P.P. Julio 98:52.456 ptas P.P. Navidad:16.441 ptas P.P. vacaciones:16.441 ptas 60% Indemnización:80.580 ptas TOTAL:292.132 ptas CUARTO.- La Sociedad Mercantil DIRECCION000 . fue constituida en escritura pública, otorgada el día 30/10/97, ante el Notario de Orense Sr. Pol González, por Rogelio y Amelia , en los Estatutos de dicha Sociedad figura como domicilio social " DIRECCION001 " sin número y como objeto social: 1.- a) la elaboración, crianza y comercialización de vinos en general, b) fabricación de alcoholes, mostos, concentrados, mistelas y derivados. 2.- La Sociedad podrá asimismo desarrollar las actividades integrantes del objeto social total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en otras sociedades con objeto idéntico o análogo.- El capital social de esta Sociedad se fija en 1.000.000 ptas (un millón de pesetas), dividido en cien participaciones sociales.- Rogelio , administrador de DIRECCION000 ., era el jefe de ventas de la empresa de la que era titular Salvador .- QUINTO.- La Sociedad Mercantil DIRECCION000 . el día 1 de marzo de 1998 suscribió contrato de arrendamiento con
Ernesto , éste en calidad de depositario de la Quiebra necesaria de DIRECCION002) y del comerciante individual Salvador ; en dicho contrato se cede en arrendamiento a DIRECCION000 . el edificio e instalaciones denominado DIRECCION000 , sito en DIRECCION001 . En la cláusula séptima de este contrato se dice "El edificio e instalaciones objeto del presente contrato serán destinados a local de negocio con uso para bodega dedicada a la elaboración, almacenaje y venta de vinos al por mayor, no pudiendo la arrendataria modificar el uso citado sin autorización expresa y escrita de la arrendadora". Este contrato, cuyo contenido se da aquí por reproducido, fue aprobado por el Juzgado de 1° Instancia n° 2 de Almendralejo, de fecha 04/05/98, dictado en procedimiento de Quiebran 337/97, que se tramita en dicho Juzgado.- SEXTO.- El empresario individual, Salvador , se dedicaba en su actividad empresarial a la elaboración, transformación y venta al por mayor de vinos, siendo declarado en situación de quiebra por autos de fecha 26 de enero de 1998, dictado por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Almendralejo en autos 337/97. El domicilio social de esta empresa estaba en DIRECCION001 (Orense), girando bajo el nombre comercial de DIRECCION000 .- SÉPTIMO.- La Inspección de Trabajo remitió informe a este Juzgado el día 19/04/00 en el que consta que los actuales trabajadores de la empresa DIRECCION000 ., Carlos , Jaime , Jose Ramón , Cristina , Javier , Milagros , Blas , causaron baja en la empresa "Manuel Vázquez Pérez" el día 24/03/98 y fueron Alta en la empresa " DIRECCION000 ." el día 25/03/98.- OCTAVO.- La Sociedad Mercantil DIRECCION003 . fue constituida en escritura pública el día 18/08/98, otorgada ante el Notario de Orense, Ernesto Alonso Rivero, por Gerardo , Sara , Benedicto y Gaspar ; el domicilio social de esta empresa está situado en la carretera Nacional 525, Km. 231. Nave 10, municipio de San Ciprian de Viñas; esta empresa tiene como objeto social: elaboración y embotellado de vinos. Gerardo y Gaspar fueron trabajadores de la empresa de la que era titular Salvador .- NOVENO.- Con fecha 17/12/99 se celebró, SIN AVENENCIA, Acto de Conciliación ante el SMAC." .
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que estimando la demanda formulada por Gerardo Y OTROS contra Salvador ; DIRECCION000 . Y LOS ÓRGANOS DE LA QUIEBRA D. Carlos Manuel , COMISARIO Y LOS SÍNDICOS DE LA MISMA D. Juan Ignacio , D. Arturo Y D. Ernesto , debo declarar y declaro que existe sucesión empresarial entre las empresas Salvador y DIRECCION000 . y en consecuencia de tal declaración, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria y conjunta de ambas empresas (Salvador y DIRECCION000 .) en cuanto al pago de las cantidades y por los conceptos señalados en el hecho tercero de...
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