ORDEN SLT/174/2013, de 12 de julio, por la que se regulan los ficheros de control de acceso y videovigilancia en el ámbito del Departamento de Salud.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, la modificación o la supresión de ficheros de las administraciones públicas solo se puede realizar mediante una disposición general publicada en el B oletín Oficial del Estado o en el correspondiente diario oficial.

Mediante la Orden SLT/519/2006, de 3 de noviembre, por la que se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Departamento de Salud, modificada por el Decreto 159/2007, de 24 de julio, por el que se regula la receta electrónica y la tramitación telemática de la prestación farmacéutica a cargo del Servicio Catalán de la Salud, se actualizó la relación de los ficheros en el ámbito de la Administración sanitaria, teniendo en cuenta las necesidades surgidas por el tiempo transcurrido desde la publicación de las disposiciones reglamentarias que antecedían a esta disposición y por los cambios organizativos que se habían producido, y con la finalidad de unificar en una sola norma la regulación de los ficheros que contenían datos de carácter personal y garantizar, de esta forma, la máxima transparencia en el tratamiento de datos de carácter personal.

Desde la publicación de la citada Orden, han surgido nuevas necesidades que hacen que proceda crear nuevos ficheros en el ámbito del Departamento de Salud. En este sentido, los ficheros que es conveniente crear son de control de accesos y videovigilancia, los cuales tienen la finalidad de garantizar la seguridad de las instalaciones de las entidades en las cuales se prevén.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros de la Generalidad, dentro del ámbito de las competencias respectivas, para la creación, la modificación y la supresión, mediante orden, de los ficheros que sean pertinentes.

De acuerdo con el informe emitido por la Autoridad Catalana de Protección de Datos;

De conformidad con lo que establece la disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto regular la creación de los ficheros de control de acceso y videovigilancia existentes en el ámbito del Departamento de Salud y que son los que se detallan en el anexo.

Artículo 2

Creación de ficheros

Se crean los siguientes ficheros de datos de carácter personal:

Departamento de Salud:

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Departamento de Salud.

Servicio Catalán de la Salud:

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Servicio Catalán de la Salud.

Entidades del sector público y consorcios:

Gestión de Servicios Sanitarios

Fichero de control de acceso y videovigilancia de Gestión de Servicios Sanitarios.

Instituto de Asistencia Sanitaria

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto de Asistencia Sanitaria.

Gestión y Prestación de Servicios de Salud

Fichero de control de acceso y videovigilancia de Gestión y Prestación de Servicios de Salud.

Instituto Catalán de Oncología

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto Catalán de Oncología.

Banco de Sangre y Tejidos

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Banco de Sangre y Tejidos.

Consorcio Hospitalario de Vic

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Hospitalario de Vic.

Corporación Sanitaria Parc Taulí

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Corporación Sanitaria Parc Taulí.

Consorcio Sanitario Integral

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario Integral.

Consorcio Sanitario de L’Alt Penedès

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de L’Alt Penedès.

Consorcio Sanitario de El Maresme

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de El Maresme.

Corporación de Salud de El Maresme y La Selva

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Corporación de Salud de El Maresme y La Selva.

Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Creu i de Sant Pau

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Creu i de Sant Pau.

Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias

Consorcio Sanitario de L’Anoia

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de L’Anoia.

Artículo 3

Medidas relacionadas con los ficheros

3.1 Las personas titulares de los órganos administrativos responsables de los ficheros regulados al amparo de la presente Orden tienen que adoptar las medidas técnicas, de gestión y organizativas con el fin de garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, y su tratamiento no puede dar lugar a prácticas discriminatorias constitucionalmente prohibidas, así como todas las medidas necesarias destinadas a hacer efectivos los derechos de las personas afectadas reconocidos en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y en el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

3.2 Los datos de carácter personal de los ficheros que comprende el anexo tienen que estar informatizados por sexos con el fin de facilitar los estudios estadísticos y los informes de género, de acuerdo con la normativa vigente en esta materia.

Disposición final

Única

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generali tat de Catalu ny a .

Barcelona, 12 de julio de 2013

Boi Ruiz i García

Consejero de Salud

Anexo

Ficheros que contienen datos de carácter personal

Índice de los ficheros por entidades

-1 Ámbito: Departamento de Salud

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Departamento de Salud.

-2 Ámbito: Servicio Catalán de la Salud

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Servicio Catalán de la Salud.

-3 Ámbito: entidades del sector público y consorcios

3.1 Gestión de Servicios Sanitarios.

Fichero de control de acceso y videovigilancia de Gestión de Servicios Sanitarios.

3.2 Instituto de Asistencia Sanitaria.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto de Asistencia Sanitaria.

3.3 Gestión y Prestación de Servicios de Salud.

Fichero de control de acceso y videovigilancia de Gestión y Prestación de Servicios de Salud.

3.4 Instituto Catalán de Oncología.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto Catalán de Oncología.

3.5 Banco de Sangre y Tejidos.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Banco de Sangre y Tejidos.

3.6 Consorcio Hospitalario de Vic.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Hospitalario de Vic.

3.7 Corporación Sanitaria Parc Taulí.

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Corporación Sanitaria Parc Taulí.

3.8 Consorcio Sanitario Integral.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario Integral.

3.9 Consorcio Sanitario de L’Alt Penedès.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de L’Alt Penedès.

3.10 Consorcio Sanitario de El Maresme.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de El Maresme.

3.11 Corporación de Salud de El Maresme y La Selva.

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Corporación de Salud de El Maresme y La Selva.

3.12 Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Creu i de Sant Pau.

Fichero de control de acceso y videovigilancia de la Fundación de Gestión Sanitaria del Hospital de la Santa Creu i de Sant Pau.

3.13 Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias.

3.14 Consorcio Sanitario de L’Anoia.

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Consorcio Sanitario de L’Anoia.

-1 Ámbito: Departamento de Salud

Nombre del fichero

Fichero de control de acceso y videovigilancia del Departamento de Salud.

Finalidad

La finalidad del fichero es garantizar la seguridad de las instalaciones del Departamento de Salud y de los entes y organismos adscritos.

Usos previstos

Los usos previstos son los derivados de la gestión del control del acceso de las personas que acceden a sus instalaciones y de la gestión de los sistemas de cámaras de seguridad con finalidades de vigilancia.

Personas y colectivos afectados

Personas que acceden a las instalaciones del Departamento de Salud y de los entes y organismos adscritos.

Procedimiento de recogida de los datos

Datos proporcionados por la propia persona interesada mediante formularios e imágenes recogidas a través de los sistemas de cámaras.

Procedencia de los datos

Los datos se obtienen de las imágenes captadas y de las personas interesadas.

Estructura básica y tipo de datos de carácter personal

Fecha y hora de la grabación.

Los datos de carácter personal incluidos en el fichero son: datos de carácter identificativo (nombre, apellidos, DNI, pasaporte o documento equivalente, imagen), datos de carácter profesional (nombre de la organización a que pertenece la persona interesada).

Sistema de tratamiento

Parcialmente automatizado.

Cesiones de datos previstas

A las fuerzas y los cuerpos de seguridad para finalidades policiales, en los supuestos y respecto de las categorías de datos que sean necesarios para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales.

Transferencias internacionales

No se prevén transferencias de datos...

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