Un espacio para el ser humano y la naturaleza. Reflexiones a partir de la propuesta de moratoria urbanística a nivel constitucional en Suiza

AutorJordi Jaria i Manzano
CargoProfesor lector de Derecho Constitucional, Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-22

Page 1

Ver nota 1

Page 2

Page 3

Page 4

I Cuestiones previas: democracia directa a nivel federal en suiza (las iniciativas populares de reforma constitucional)

Ver nota 2

La democracia es un elemento sustancial de la idea suiza de Estado, quizá el más importante junto con el federalismo. La democracia suiza se caracteriza por dos rasgos esenciales que la distinguen de lo que es habitual en los Estados europeos de su entorno, a saber, el hecho de que se trata de una democracia directa y de concordancia. Contrariamente a lo que sucede en casos como el británico, el alemán o el español, no existe en Suiza una desconfianza en relación con la atribución directamente al pueblo de facultades de decisión política, esto es, sin la mediación de las instituciones representativas, sino todo lo contrario. En efecto, Suiza es seguramente el ejemplo más claro de democracia directa que existe, al menos en Europa. Esto es así no por la existencia de la institución del referéndum o de la iniciativa popular -en el caso suizo, además, limitada a la iniciativa de reforma de la Constitución en el plano federal-, sino porque la convocatoria de referéndum depende del propio cuerpo electoral, sea en el caso de referéndum facultativo en relación con las leyes federales, sea en el caso de iniciativa popular de reforma de la Constitución3.

La fortaleza de los procesos de democracia directa, tanto a nivel cantonal como a nivel federal -me voy a concentrar en este trabajo en este último plano-, está vinculada a una tradición democrática que tiene que ver con la propia cultura constitucional y con la propia idea suiza de democracia, esto es, lo que se ha dado en llamar la democracia de concordancia4. Efectivamente, contrariamente al énfasis en la regla de la mayoría y a la importancia de la alternancia política en los distintos sistemas parlamentarios, la democracia suiza se basa en la búsqueda de consensos y en la creación de un amplio espacio político central, lo que se refleja, por ejemplo, en la pervivencia de la misma

Page 5

coalición de gobierno desde los años cincuenta5. Por lo tanto, el referéndum no se concibe como un proceso destinado a imponer decisiones a la minoría, sino como un instrumento para la generación de consenso social en torno a las decisiones políticas.

Uno de los elementos centrales a nivel federal del sistema político-constitucional suizo es la iniciativa popular de reforma constitucional. Se trata de una iniciativa popular fuerte, en el sentido de que está vinculada a la celebración de un referéndum que las instituciones representativas no pueden evitar, pero que se limita a la reforma constitucional, sin que exista equivalente a nivel legislativo. Este es un instrumento poderoso, como vamos a ver, para que grupos minoritarios, no necesariamente vinculados a una determinada opción política representada en la Asamblea Federal, puedan incidir en el debate público.

Aunque la autoimagen constitucional de los suizos remite a una democracia tradicional, vinculada a la alte Schweizer Freiheit, que habría sido recuperada en el contexto de la actualización del marco político a través de la Constitución de 1848, lo cierto es que, en un primer momento, los elementos de democracia directa a nivel federal eran más bien escasos -otra cosa es lo que sucedía en algunos cantones, particularmente, en aquellos que funcionaban en régimen de Landsgemeinde-6. Sin embargo, es después de la primera Constitución federal que se produce la introducción significativa de instituciones de democracia directa a nivel cantonal, de modo que, en el momento de la primera revisión total de la Constitución (1872-1874), el conjunto de la confederación ya está madura para un avance significativo en este sentido7. Desde entonces, la democracia directa ha sido un elemento sustancial de la cultura política suiza, diferenciándola de la mayoría de los Estados de su entorno, donde más bien existe una

Page 6

desconfianza en relación con la participación directa del pueblo en las decisiones políticas8.

Así, el referéndum legislativo facultativo se introdujo en 1874, siendo uno de los puntos clave del nuevo texto, en el marco de las concesiones que se hicieron a los sectores más democráticos después del fracaso del primer intento de revisión total de la Constitución de 1848, que el pueblo y los cantones rechazaron el 12 de mayo de 1872. La otra gran institución de democracia directa a nivel federal, la iniciativa popular de reforma de la Constitución, se introdujo un poco más tarde, en una votación que se llevó a cabo el 5 de julio de 1890. Es de esta institución de la que nos vamos a ocupar, en la medida en que la "Iniciativa para el paisaje" es justamente una manifestación de la iniciativa popular de reforma de la Constitución.

La iniciativa popular de reforma de la Constitución puede dirigirse hacia una reforma total de esta. En este caso, es necesario que el proceso sea iniciado por 100.000 ciudadanos con derecho a voto (art. 138.1 de la Constitución Federal, en adelante, CF). En este caso, se propone la reforma total de la Constitución, sin que se presente un nuevo texto en concreto que deba ser aprobado. Esta propuesta de revisión se somete a referéndum (art. 138.2 CF). Si recibe el apoyo del pueblo y los cantones -siempre es necesaria la doble mayoría para ganar un referéndum, de acuerdo con la estructura federal del Estado-, las dos cámaras de la Asamblea Federal se disuelven y los nuevos consejeros elegidos después de las elecciones correspondientes se encargan de impulsar la reforma constitucional (art. 193 CF).

Page 7

Lo que nos ocupa, sin embargo, es una propuesta de reforma parcial de la Constitución. En ese caso, pueden instarla 100.000 ciudadanos, sea a través de una propuesta general o a través de un texto articulado. Ello determina el desarrollo del proceso posterior, que, en cualquier caso, finaliza con un referéndum. Si la iniciativa se presenta en forma de texto articulado, la Asamblea Federal puede formular una contrapropuesta y someterla a referéndum juntamente con el texto presentado por los ciudadanos (art. 139.5 CF). Cuando la Asamblea Federal formula una contrapropuesta, el sistema de voto se articula a través del doble sí, esto es, el elector se pronuncia sobre si está de acuerdo con la reforma constitucional y sobre cuál de las dos propuestas de reforma prefiere.

La jurisprudencia y la praxis de las autoridades federales han establecido una serie de condiciones para la validez de la iniciativa que, en algún caso, han sido introducidas en el texto constitucional. Son las siguientes: unidad de la forma (art. 139.3 CF), unidad de la materia (art. 139.3 CF), conformidad con las reglas imperativas del Derecho internacional (art. 139.3 CF) y, finalmente, ejecutabilidad9. Si cumple dichas condiciones, la iniciativa debe tramitarse y, finalmente, someterse -eventualmente, junto con una contrapuesta- a la decisión del pueblo. La "Iniciativa para el paisaje" es un caso de este tipo. Veámosla ahora con un cierto detenimiento

II La "iniciativa para el paisaje"
1. Origen y contenidos

Ante la progresiva ampliación de la superficie construida en Suiza, los promotores de la "Iniciativa para el paisaje" opinan que se están produciendo impactos no deseables de consideración con repercusiones graves sobre el medio ambiente. De hecho, según datos oficiales hechos públicos por la Oficina Federal de Estadística, más de 100.000 nuevos edificios fueron construidos entre 2000 y 2005, de los que el 76% correspondían a viviendas unifamiliares; la superficie de suelo industrial habría aumentado más del 24% en los últimos veinticinco años (en el momento de la presentación de la iniciativa); mientras que la red de carreteras habría aumentado en 60.000 kilómetros en los últimos treinta y dos años. En definitiva, los promotores de la iniciativa constataron que la superficie construida había aumentado desde los años sesenta a un ritmo mucho más

Page 8

rápido que el crecimiento de la población, lo que daba lugar, según su opinión, a la necesidad de una intervención urgente de los poderes públicos, particularmente a nivel federal, que decidieron impulsar a través de una propuesta de reforma de la Constitución10.

Esta situación, según el comité de la iniciativa, se podría calificar como un proceso de "urbanización galopante" que amenazaría la supervivencia de diferentes especies animales, destruiría la estructura del suelo, crearía nuevos riesgos para la ciudadanía y haría desaparecer espacios para el ocio. Asimismo, siempre según los promotores, la urbanización masiva y extensiva, sobre todo mediante viviendas unifamiliares, genera costes elevados en materia de servicios (agua, luz, etc.), disminuye la superficie cultivable y amenaza al turismo al degradar el entorno natural. Finalmente, el comité de la iniciativa consideró, asimismo, a la hora de hacer su propuesta, que la reserva de suelo urbanizable era suficiente como para cubrir las necesidades futuras, sin necesidad de ampliar la superficie hábil para construir durante un período prolongado de tiempo11.

Por todo ello, presentaron el 10 de julio de 2007 su propuesta de reforma de la Constitución, en la que proponían lo siguiente:

- Modificación del primer párrafo del artículo 75...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR