STSJ Asturias , 11 de Enero de 2005

PonenteANTONIO ROBLEDO PEÑA
ECLIES:TSJAS:2005:10
Número de Recurso514/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 00012/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 514/1999 RECURRENTE: DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN ASTURIAS LETRADO DEL ESTADO RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO PROCURADOR: TEODORO ERRASTI ROJO CODEMANDADO: FEDERACIÓN SINDICAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (CC.OO.) DE ASTURIAS PROCURADOR: RAFAEL COBIÁN GIL-DELGADO CODEMANDADOS: María , Claudia , Marí Jose , Bernardo , Maribel , Millán , Jesus Miguel , Felix , Tomás .

CODEMANDADOS: FEDERACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, F.S.P.-U.G.T. LETRADO: JUAN MANUEL BALIELA GARCIA CODEMANDADOS: Silvio , Celestina , Alfredo , Lázaro , Jesús Luis , Alejandra , Penélope , Gema , Begoña , Yolanda , Inocencio , Luis Manuel , Eduardo , Sebastián , Antonio , Marcelino , Juan Alberto , Gustavo , Carlos Francisco .

SENTENCIA NÚM. 12/05 ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. LUIS ANTONIO QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a once de Enero de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número P. O. 514/1999, interpuesto por el Sr. Letrado del Estado, en nombre y representación de la DELEGACIÓN DE GOBIERNO, contra Resolución contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, de 30 de octubre de 1998 y comunicado a la Delegación del Gobierno de Asturias el 26 de enero de 1999, por el que en el punto primero de su Orden del Día se procede al nombramiento como funcionarios de carrera del personal laboral fijo al servicio de dicha Corporación que superó el proceso de funcionarización. Estando la Administración demandada representado por el Procurador Don Teodoro Errasti Rojo, bajo la dirección del Letrado Don Tomás Fernández Antuña, codemandado FEDERACIÓN SINDICAL DE LA ADMINISTRACIÓN SINDICAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (CC.OO.) DE ASTURIAS, representado por el Procurador Sr. Rafael Cobían Gil-Delgado, bajo la dirección del Letrado José Manuel Buján Álvarez, los codemandados DOÑA María , DOÑA Claudia , DOÑA Marí Jose , DON Bernardo , DOÑA Maribel , DON Millán , DON Jesus Miguel , DON Felix , DON Tomás , representadas por si mismas, codemandado FEDERACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, F.S.P.-U.G.T., bajo la dirección del Letrado Don Juan Manuel Baliela García, funcionarios codemandados, DON Silvio , DOÑA Celestina , DON Alfredo , DON Lázaro , DON Jesús Luis , DOÑA Alejandra , DOÑA Penélope , DOÑA Gema , DOÑA Begoña , DOÑA Yolanda , DON Inocencio , DON Luis Manuel , DON Eduardo , DON Sebastián , DON Antonio , DON Marcelino , DON Juan Alberto , DON Gustavo , DON Carlos Francisco , representados por sí mismos.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 12 de mayo de 2001, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo, anulando el Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de San Martín de Aurelio de fecha 30 de Octubre de 1998 por el que se acuerda el nombramiento y la funcionarización de personal laboral, por no ser posible dicha funcionarización al infringir el ordenamiento jurídico, con imposición de costas a la Corporación local demandada.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, acuerde se dicte sentencia en su día por la que se declare ajustada a Derecho el acuerdo impugnado y en todo caso se desestimen íntegramente las peticiones de la parte actora e imponiendo las costas a la misma, interesando por medio de Otrosi el recibimiento del recurso a prueba.

Conferido traslado a la representación del codemandado Federación Sindical de la Administración Pública (CC.OO.) de Asturias, lo que hizo en tiempo y forma y termino suplicando se acuerde dictar sentencia por la que desestimando la demanda declare extemporáneo el recurso o subsidiariamente ajustado a derecho el proceso de funcionarización del Ayuntamiento referido, con imposición de costas a la parte demandante.

Conferidos traslado a los codemandados funcionarios en su propio nombre y representación lo que hicieron en tiempo y forma terminaron suplicando se dicte sentencia en los mismos términos que la anterior representación, interesando el recibimiento a prueba por medio de Otrosi.

Dado traslado al codemandado de la representación de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores F.S.P.- U.G.T., término suplicando se declare la inadmisibilidad del recurso y subsidiariamente su desestimación imponiendo las costas al recurrente.

El traslado a todos los funcionarios del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, contestaron en los términos anteriormente referidos por los demás codemandados, interesando a medio de otrosí el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día siete de enero pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

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