STSJ Comunidad de Madrid 413/2006, 19 de Abril de 2006
Ponente | JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ |
ECLI | ES:TSJM:2006:4480 |
Número de Recurso | 125/2005 |
Número de Resolución | 413/2006 |
Fecha de Resolución | 19 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00413/2006
Recurso nº. 125/2005
Ponente: D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Recurrente: BAYER CROPSCIENCIE, S.L.
Proc.: Ignacio Martínez Zapatero
Demandado: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Representante: Abogado del Estado
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 413
ILTMO. SR. PRESIDENTE
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
En Madrid, a diecinueve de abril de dos mil seis.
Visto por la Sección del margen el recurso nº 125/2005, interpuesto por el/la Procurador/a D./Dª. Ignacio Martínez Zapatero, en nombre y representación de BAYER CROPSCIENCE, S.L., contra resolución de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de 24 de noviembre de 2004, habiendo sido parte demandada la antedicha Administración, representado/a por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es 27.356,49 euros.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 18 de abril de 2006.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.
La representación procesal de la entidad mercantil "Bayer Cropscience S.L." ha promovido un recurso jurisdiccional contra la resolución de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de 24 de noviembre de 2004, confirmatoria de otra de la Unidad Especializada en el Área de la Seguridad Social de la D. Especial de Inspección adscrita a la Autoridad Central, nº 22/04, de 15 de julio, que elevó a definitivas las liquidaciones contenidas en las actas de liquidación nº 269/04 a 281/04.
Para apoyar su pretensión impugnatoria la parte actora ha alegado la caducidad del acta de infracción por haber excedido del plazo de nueve meses establecido normativamente para el desarrollo de las actuaciones computatorias.
Dicha alegación no puede ser atendida por las razones que se exponen a continuación.
La normativa aplicable al supuesto enjuiciado está concretada en el art. 8.2 del R.D. 928/98, de 14 de mayo y art. 14.2 de la Ley 42/97 , en relación con el art. 17 del R.D. 138/2000 . El art. 17.2 de dicho R.D. 138/00 establece que si la actuación comienza por requerimiento de comparecencia, el cómputo se iniciará desde la fecha de la efectiva comparecencia del sujeto obligado requerido, con aportación, en su caso, de la totalidad de la documentación requerida. Del contenido de las actas objeto de impugnación tal fecha es fijada en el día 16 de junio de 2003. Del contenido de dichas actas se deduce que la propia empresa ahora recurrente solicitó aplazamientos para los días 17 de noviembre de 2003 y 24 de noviembre de 2003, de requerimientos de entrega de nueva documentación, que fundamente si cumplieron de forma defectuosa e incompleta.
Por lo que a la suspensión de la comparecencia...
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