SAP Barcelona 658/2004, 23 de Septiembre de 2004
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2004:11186 |
Número de Recurso | 651/2003 |
Número de Resolución | 658/2004 |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
D. JOAQUIN DE ORO-PULIDO LOPEZD. FRANCISCO HERRANDO MILLAND. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN ONCE
ROLLO Nº 651/03
VERBAL Nº 47/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 50 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 658
Ilmos. Sres.
D./Dª. JOAQUIN DE ORO PULIDO LOPEZ
D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN
D./Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
En la ciudad de Barcelona, a veintitres de septiembre de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio Verbal nº 47/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, a instancia de DIRECCION000 , contra D/Dª. Victoria ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de Mayo de 2.003, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la oposición formulada por la procuradora Sra. López obrando en representación de doña Victoria contra la petición de proceso monitorio efectuada por la DIRECCION000 DE BARCELONA, y debiendo conenar como condeno a la persona demandada doña Victoria a pagar a la comunidad demandante la suma de mil quinientos ochenta y seis euros con veinte céntimos de euro, con más sus intereses legales incrementados en dos puntos, en cómputo anual, desde hoy hasta el completo pago a la comunidad reclamante, y con imposición de las costas procesales devengadas en este juicio a la demandada, sin perjuicio de lo ya expuesto en esta resolución."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 10 de Junio de 2.004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN.
Promovió la Comunidad de Propietarios las presentes actuaciones reclamando la deuda por gastos de reparación y comunitarios frente a un copropietario. Formulada oposición se siguieron las actuaciones por los trámites del juicio verbal. La sentencia desestimó la oposición alzándose contra la misma la parte demandada. Inadmitido el recurso de apelación al no haber pagado o consignado las cantidades debidas, fue recurrida la resolución, alegando gozar la apelante del beneficio de justicia gratuita. Se estimó el recurso admitiendo a trámite...
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