SAP Madrid 181/2020, 12 de Junio de 2020
Ponente | CARMEN MERIDA ABRIL |
ECLI | ES:APM:2020:5883 |
Número de Recurso | 243/2020 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 181/2020 |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Octava
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 1 - 28035
Tfno.: 914933929
37013860
N.I.G.: 28.079.00.2-2017/0219761
Recurso de Apelación 243/2020 D
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 07 de Madrid
Autos de Juicio Verbal (250.2) 554/2018
APELANTE: PAWIANA SL
PROCURADOR Dña. PAULA MARIA GUHL MILLAN
APELADO: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000
PROCURADOR D. ANGEL FRANCISCO CODOSERO RODRIGUEZ
SENTENCIA Nº 181/2020
ILMA. SRA. MAGISTRADA:
Dª CARMEN MÉRIDA ABRIL
En Madrid, a doce de junio de dos mil veinte. La Ilma. Sra. Magistrada expresada al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal número 554/2018, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Madrid, seguidos entre partes; de una, como demandante-apelada la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 Nº NUM000 DE MADRID, representada por el Procurador D. Ángel Francisco Codosero Rodríguez; y de otra, como demandada-apelante PAWIANA, S L, representada por la Procuradora Dña. Paula María Guhl Millán.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN MÉRIDA ABRIL.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Madrid, en fecha 26 de noviembre de 2019 se dictó sentencia número 247/2019 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que ESTIMANDO la demanda de juicio verbal interpuesta por el Procurador D. Ángel Francisco Codosero Rodríguez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000, de Madrid, debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada Pawiana, S.L. a que abone a la parte actora la cantidad
de 7.167,63 euros, en concepto de deuda a fecha 17 de octubre de 2019 por razón de gastos comunitarios del piso 1ºD, Local destinado a Locutorio y Local destinado a Frutería, con más intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, a través de demanda monitoria respecto de la cantidad líquida y vencida al tiempo de dicha interpelación judicial, e imposición de las costas procesales causadas .
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que fue admitido y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública quedó en turno de resolución, lo cual se ha cumplido el día 3 de junio de 2020.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Antecedentes y objeto del recurso.
Pawiana SL formula recurso de apelación contra la sentencia que estimó la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Madrid, condenándole al pago de 7.167,63 euros, en concepto de deuda a fecha 17 de octubre de 2019 por razón de gastos comunitarios del piso 1ºD, Local destinado a Locutorio y Local destinado a Frutería, más intereses y costas .
Para la resolución del presente recurso son antecedentes de interés los siguientes:
-
- El demandante, la comunidad de propietarios del edificio sito en la CALLE000 nº NUM000 de Madrid, al amparo de los arts. 21 y 9.1.h de la Ley de Propiedad Horizontal (en adelante, LPH) interpuso petición inicial de proceso monitorio contra la mercantil Pawiana SL, propietaria del local comercial 1º D del referido inmueble, en reclamación de 4.197,64 euros correspondientes al importe de la deuda liquidada y aprobada en Junta General Ordinaria de la Comunidad de Propietarios celebrada el 27 de septiembre de 2017, notificada y no impugnada y correspondientes a gastos de comunidad y de requerimiento de pago.
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- Requerido de pago el demandado formuló oposición solicitando que siguiendo los trámites de juicio verbal se dictase sentencia desestimatoria de la demanda.
Concedido traslado de la oposición al demandante, la impugnó interesando la condena de la demandada al pago de 6544,01 € en concepto de cuotas de comunidad vencidas y no pagadas a dicha fecha. En el acto del juicio amplió la reclamación al importe de 7167,63 €.
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- Tras la celebración de juicio verbal, la sentencia de instancia estima la demanda . Sus argumentos, en esencia y en lo que aquí interesa, fueron los siguientes:
" Basándose la demanda en la obligación que incumbe a cada propietario de contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, en los términos de los apartados e ) y f) del artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, el importe reclamado constituye una deuda líquida y exigible al titular registral, toda vez que se ajusta a las cuotas de participación y forma de pago acordadas, sin que ( a salvo de la apreciación de pluspetición, según se indica más adelante ) a través de las pruebas practicadas en autos se desvirtúe la liquidación de la deuda certificada y notificada con arreglo al artículo 9.1 h) de la Ley Especial ( tal y como reseña la certificación emitida por el Secretario Administrador de la Comunidad de Propietarios, Dª Justa, y se ratifica en juicio por su autora, certificación ampliada a la deuda por importe de 7.167,63 euros devengada a fecha 17 de octubre de 2019, según documento aportado a la vista de juicio, y en cuanto al resultado infructuoso de la notificación en domicilio y de la colocación de la certificación en el Tablón de Anuncios de la Comunidad ), ni exista constancia de...
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